El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) fijó las bandas de precios para el Diésel B5 destinado al uso vehicular y el destinado para envasado.
Mediante la Resolución N° 025-2024-OS/GRT, se dispone que las bandas de precios y los márgenes comerciales aprobados en el presente documento estarán vigentes a partir del viernes 31 de mayo del 2024 hasta el jueves 27 de junio del 2024.
Producto | Límite Superior de la Banda | Límite Inferior de la Banda | ||||||
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Diésel B5 Bajo Azufre | S/ 10.21 | S/ 10.11 | ||||||
Diésel B5 Alto Azufre | S/ 10.21 | S/ 10.11 | ||||||
GLP-E | S/ 2.28 | S/ 2.22 |
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Para el Diésel B5 Bajo Azufre, se ha establecido como precio máximo S/ 10.21 y el mínimo de S/ 10.11. Mientras que para el Diésel B5 Alto Azufre, el límite superior es de S/ 10.21 y el inferior de S/ 10.11.
En el caso del GLP-E, el precio máximo es de S/ 2.28 y el mínimo de S/ 2.22.
Estas bandas se fijan para los precios de aquellos productos incluidos en el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo y se actualizan de manera simultánea y obligatoriamente cada dos meses.
La resolución, publicada esta mañana por el Osinergmin, lleva la firma del Gerente de Regulación de Tarifas, Miguel Juan Révolo Acevedo.
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