Desde el 2019 es obligatorio que los alimentos y bebidas procesadas que contengan grasas saturadas, azúcar y sodio en niveles por encima de los parámetros permitidos incorporen en sus empaques los octágonos de advertencia.
Desde el 2019 es obligatorio que los alimentos y bebidas procesadas que contengan grasas saturadas, azúcar y sodio en niveles por encima de los parámetros permitidos incorporen en sus empaques los octágonos de advertencia.

El Ministerio de Salud (Minsa) publicó este martes 19 de julio un proyecto de decreto supremo que apunta a reducir, una vez más, los parámetros técnicos sobre la cantidad de grasas, sodio y azúcares que deben contener las bebidas y alimentos procesados que circulan en el país para incorporar las advertencias publicitarias en su empaque () a partir del 2023.

¿Qué dice el proyecto? De acuerdo a la exposición de motivos, se han recogido recomendaciones técnicas de expertos de la (OPS) así como estudios -uno de ellos, realizado por Jaime Delgado, expresidente de la -, para determinar la actualización de los parámetros que, una vez que el decreto supremo se publique, entrarían en vigencia en un plazo de 12 meses.

Así, si actualmente un alimento procesado contiene 400 mg/100g de sodio debe colocar el octógono con la advertencia “Alto en Sodio”, pero las recomendaciones de la OMS/OPS establecen que sea mayor o igual a 100mg/100kcal tanto para alimentos como para bebidas.

Respecto al azúcar, los parámetros actualmente establecen un valor de mayor o igual a 10g/100mg, frente a ello, para la actualización de este nutriente crítico se estaría reduciendo a 2.5g/100kcal.

Y en el caso de la advertencia de “Grasas Saturadas”, actualmente los parámetros establecen un valor de mayor o igual a 4g/100g para alimentos sólidos y mayor o igual a 3g/100ml en bebidas, pero “ante las recomendaciones” estaría reduciéndose a 1.1g/100kcal.

“La actualización de los parámetros técnicos permitirán ser más exigentes para los nutrientes críticos que contienen los productos procesados y por ende, consignarán las advertencias publicitarias (octógonos) correspondientes”, señala el documento.

Parámetros vigentes / Nuevos parámetros propuestos. 
Fuente: Proyecto de DS que actualiza los parámetros técnicos sobre alimentos procesados referentes al contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas.
Parámetros vigentes / Nuevos parámetros propuestos. Fuente: Proyecto de DS que actualiza los parámetros técnicos sobre alimentos procesados referentes al contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas.

Cabe recordar que en el 2019 entró en vigencia una primera fase del Manual de Advertencias Publicitarias, donde se incorporaron parámetros mucho mayores. Una segunda fase entró en vigencia en setiembre del 2021 luego que se aplazara debido a la pandemia de la COVID-19. De aprobarse el nuevo cambio, sería la tercera reducción a la que deberá adaptarse la industria de alimentos.

Cabe recordar, además, que el Comité de importadores de alimentos de la Cámara de Comercio de Lima () ha solicitado al Minsa que permita que los alimentos procesados importados puedan seguir usando los octógonos adhesivos (stickers). Un tema que aun está pendiente.

Sucedáneos de leche materna

Asimismo, la actualización del reglamento propone regular las advertencias publicitarias para los sucedáneos de la leche materna y alimentos infantiles colados, picados y procesados a base de cereales para niños hasta los dos años. Esto no estaba incorporado en el reglamento de la Ley N° 30021 sobre Alimentación Saludable.

De acuerdo a la exposición de motivos, existe evidencia de que los fabricantes de sucedáneos utilizan la práctica comercial conocida como promoción cruzada, es decir, fidelizar al cliente con respecto a toda una línea de productos que incluye aquellos destinados para niños y niñas de determinadas franjas de edad, evadiendo las normativas que lo prohíben.

En ese sentido (ver cuadro arriba), se incorpora que los productos sucedáneos de leche materna y alimentos infantiles complementarios que contengan 60mg/100 kcal de Sodio también incorporen la advertencia publicitaria.

En el caso del azúcar, llevarán octógonos aquellos productos con mayor o igual contenido de 0kcal/100kcal de producto.

Consultas

El Minsa informó que durante el plazo de 90 días calendario se recibirán sugerencias, comentarios y recomendaciones sobre el proyecto de decreto supremo, a través del correo .