El Tribunal Constitucional (TC) declaró recientemente la inconstitucionalidad de disposiciones de una ordenanza de la Municipalidad de Miraflores, que suspendía licencias de construcción ya otorgadas para proyectos inmobiliarios con informes técnicos favorables emitidos por revisores urbanos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
El fallo recuerda que las solicitudes de nulidad al MVCS solo son válidas si se ajustan a los criterios previstos en el artículo 11 del TUO de la Ley N° 29090 y si se respetan derechos fundamentales de terceros, conforme a precedentes vinculantes.
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El gerente de Asesoría Jurídica de Miraflores, Lino de La Barrera Laca, dijo que acatarán la resolución, pero expresó su desazón porque -a su juicio- queda un vacío cuando una municipalidad solicite la nulidad al MVCS, al determinar que un proyecto inmobiliario no cumple con los parámetros urbanísticos del distrito.
El funcionario explicó que la comuna miraflorina emitió esa ordenanza para suspender la licencia hasta que el MVCS se pronuncie sobre el pedido de nulidad.
“Cuando entramos a la gestión nos encontramos que la gran cantidad de las llamadas viviendas de interés social, que se estaban construyendo en el distrito contra los parámetros urbanísticos, venían de la mano de estos revisores [urbanos]. Dijimos a ver cuáles son los mecanismos que tiene el Ministerio para fiscalizar a estos caballeros y encontramos que no existía ninguno”, declaró en RPP Noticias.
“Lo que dijimos nosotros es lo siguiente… si yo encuentro que hay un problema y hago observaciones; entonces, yo como Miraflores voy a tomar la decisión de que se paralice la ejecución de esa obra hasta que el Ministerio se pronuncie”, agregó.
Por su parte, José Espantoso, presidente de la Asociación de Empresas Inmobiliarias del Perú (ASEI), resaltó el impacto positivo de esta decisión. “El Tribunal Constitucional ha reafirmado la importancia de proteger los derechos de terceros y de garantizar la seguridad jurídica en los contratos de compraventa. La legalidad se ha impuesto ante la arbitrariedad”, afirmó.
El directivo recordó que el gremio inmobiliario advirtió repetidamente sobre la inconstitucionalidad de la ordenanza, señalando que esta afectaba derechos de ciudadanos, trabajadores y desarrolladores. En consecuencia, ASEI tomó las acciones legales pertinentes para salvaguardar estos derechos y restaurar la confianza en el marco normativo.
Con esta sentencia, el TC pone fin a una medida que generaba incertidumbre en el sector inmobiliario y en cientos de familias que confiaron en la legalidad de sus inversiones. Esta decisión marca un precedente clave para reforzar la seguridad jurídica y promover el desarrollo ordenado del sector.
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