El Ministerio de la Producción (Produce) dispuso el fin de las actividades extractivas del recurso caballa (Scomber japonicus peruanus), efectuadas por embarcaciones pesqueras de mayor escala.
A través de la Resolución Ministerial 00020-2024-PRODUCE, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se indica que los armadores de embarcaciones pesqueras de mayor escala descargan el recurso caballa siempre que cuenten con autorización de zarpe de fecha anterior a la vigencia de la conclusión de las actividades extractivas.
La norma señala que el procesamiento, almacenamiento, comercialización y transporte del recurso caballa debe contar con documentación indubitable y de fecha cierta que demuestre que el referido recurso ha sido extraído antes de la vigencia de la conclusión de las actividades extractivas.
La fecha desde que rige esta medida es desde mañana, jueves 25 de enero.
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El Instituto del Mar del Perú (Imarpe), en el marco del seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso caballa, informa y recomienda al Ministerio de la Producción las medidas que resulten necesarias.
El incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución ministerial es sancionado conforme a la legislación vigente.
Las direcciones correspondientes del Produce, así como la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la mencionada resolución ministerial.
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