El Ministerio de Energía y Minas (Minem) emitió el Decreto Supremo N° 031-2020-EM, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, que establece las políticas para la determinación del precio del gas natural para la generación eléctrica.
Con la emisión de la norma se da cumplimiento a la sentencia emitida por la Corte Suprema en setiembre pasado, atendiendo a los principios de interdicción a la arbitrariedad, igualdad y eficiencia señalados por dicha instancia, y en cumplimiento de las competencias otorgadas al Estado por la Ley de Concesiones Eléctricas y la Ley de Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica.
El dispositivo establece que el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) aprobará los procedimientos técnicos que presente el Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (COES), relacionados con la entrega de información de la calidad y costos de suministro, transporte y distribución de gas natural acompañados de un informe sustentatorio.
Asimismo, señala que la propuesta del COES también abarcará la revisión y evaluación de la información presentada por los titulares de la generación eléctrica; así como la determinación de los costos variables de las unidades termoeléctricas que utilizan gas natural.
Adicionalmente, el decreto dispone medidas excepcionales para que el proceso de elaboración y aprobación de estos procedimientos sean realizados en plazos perentorios; por ello establece que el COES tendrá 30 días hábiles para la formulación de estos.
En tanto, el Osinergmin contará con 60 días hábiles para su aprobación a partir de la recepción de la propuesta.
El Minem dejó en claro que la norma no generará un alza de tarifas eléctricas para los millones de hogares de las familias peruanas, debido a que los usuarios del servicio público de electricidad pagan una tarifa regulada (mercado regulado) por el Estado, y los precios se mantienen vigentes hasta el 2025, debido a los contratos vigentes.
Cabe precisar que el 21 de setiembre la Corte Suprema emitió la sentencia recaída en el Proceso de Acción Popular N° 28315-2019, interpuesta por la empresa Luz del Sur, declarándola fundada y estableciendo que el Estado debe cumplir con aprobar nuevas disposiciones para la declaración de los precios de gas natural.