El esquema de tercerización laboral podría tener una modificación normativa. En el Congreso de la República avanza un proyecto de ley que busca ampliar a cuatro años el periodo de responsabilidad solidaria de las empresas principales, en caso de demandas laborales de los trabajadores tercerizados.
Actualmente la responsabilidad solidaria es de un año, tras la culminación del desplazamiento del trabajador tercerizado hacia la empresa principal.
El proyecto de ley (N° 6752/2023-CR) presentado por Waldemar Cerrón (Perú Libre), fue aprobado por la Comisión de Trabajo, por lo que el siguiente paso será su debate y votación en el Pleno del Congreso.
La medida busca hacer un trato similar respecto al plazo de cuatro años que tiene un trabajador para interponer una demanda laboral contra su empleador directo, tras su desvinculación, en caso de impago de algún derecho laboral.
“De esta manera se estaría eliminando la diferenciación de trato en materia de plazo de responsabilidad que existe entre la empresa principal y la empresa tercerizadora, y se estaría garantizando el acceso a los órganos administrativos y jurisdiccionales al reclamo de pretensiones laborales surgidos dentro de la relación laboral”, señala uno de los sustentos de la iniciativa legislativa en su exposición de motivos.
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Al respecto, analistas consideraron que la medida podría desincentivar el uso de la tercerización laboral, ya que aumentaría el periodo en que la empresa principal tendría incertidumbre respecto a una demanda laboral.
“Se genera más inseguridad jurídica. Con un año me parece suficiente, pues hay casos en que la empresa principal ya no sigue contratando a la tercerizadora y no tendría cómo auditarla para saber si cumplió con sus obligaciones”, refirió el abogado laboralista César Puntriano, asociado del estudio Muníz.
Asimismo, refirió que la medida puede afectar a las empresas tercerizadoras, pues las empresas principales podrían retenerles algunos pagos, a la espera de que venza el periodo de cuatro años y estar seguras de que no se interpuso ninguna demanda laboral.
Por su parte el abogado laboralista Daniel Sanchéz, del estudio Rebaza, Alcázar & De Las Casas, coincidió en que un año es un periodo suficiente para la responsabilidad solidaria. “La empresa principal es la primera interesada en que se hayan cumplido con las obligaciones laborales”, sostuvo.
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Medidas cautelares
Otro artículo del proyecto de ley dispone que los efectos de las medidas cautelares que interpongan los trabajadores tercerizados, en caso de demandas laborales, también podrán alcanzar a las empresas principales.
Al respecto, los especialistas consideraron a esta propuesta innecesaria, pues actualmente ya se permite que en una cautelar se incorpore a la empresa principal como responsable solidario.
“Se quiere satanizar a la práctica de la tercerización, no se entiende su importante rol en la economía. No creo que estas medidas ayuden a cuidar los derechos laborales de los trabajadores tercerizados”, sostuvo Daniel Sánchez.
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Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.
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