De acuerdo con el Decreto Legislatico Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad laboral existe nueve contratos de trabajo sujetos a modalidad.
Entre ellos, están los contratos temporales -por un determinado periodo- que se aplican a cualquier sector, siempre que cumplan lo establecido en la ley.
El abogado laboralista Mauro Ugaz, socio del Área Laboral de EY Perú, explicó que la ley expresa en qué casos se puede usar un contrato temporal. Así como por ejemplo: inicio de una nueva actividad o incremento de la productividad como la que se da durante campañas.
“Cuando se crea una nueva sucursal o un nuevo producto, los trabajadores involucrados pueden ser contratados temporalmente. El plazo máximo para estar bajo este tipo de contratación es tres años. Luego de ese periodo el contrato debe ser indefinido”, señaló a gestion.pe.
A modo de ejemplo, el laboralista explicó que en el caso de una persona que se dedica a la atención al público en un restaurante su contrato temporal dependerá si responde a un incremento coyuntural de la actividad, por festividad, o si se trata de un nuevo restaurante que está iniciando actividades.
“Otro es un incremento de la demanda de servicios, que es cuando se requiere personal de refuezo de forma momentánea. Cuando se trata de personal de refuerzo el plazo máximo como contrato temporal es cinco años”, agregó.
Este contrato, por necesidad de mercado, se celebra entre el empleador y el trabajador con el objeto de atender incrementos coyunturales de la producción.
En ese sentido, dijo que si es alguien ha venido trabajando por más de cinco años de manera continua esa situación ya no soporta un contrato temporal y debe ser indefinido.
“Si yo tenía personal de refuerzo por un tema coyuntural, pero me doy cuenta que mi personal de refuerzo es contínuo porque mi demanda no bajó sino que se mantuvo estable, podría haber un inconveniente y se podría desnaturalizar el contrato”, advierte.
Sanciones
Los empleadores declaran sus contratos temporales en el Plame, que es un documento electrónico donde deben registrar los ingresos mensuales, pagos, impuestos o descuentos de ley de sus trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación o de terceros.
“Sunafil podría ingresar para ver qué contratos son temporales. Lo que podrían analizar es si se han excedido del contrato máximo con un solo empleador. Lo que no podría analizar es si el contrato se ha desnaturalizado por un incumplimiento de los requisitos legales, esos sí hay que analizarlos con mayor documentación”, precisó el laboralista.
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