Luego que el Congreso aprobara, por mayoría (78 votos a favor) la ley que autoriza el uso de armas no letales al serenazgo municipal. Ahora se va detrás de la ‘profesionalización’ de los trabajadores que prestan este servicio.
Actualmente el personal atiende las emergencias y pedidos de información del vecindario. Realizar el patrullaje integrado en coordinación y apoyo a la Policía Nacional (Patrullaje disuasivo).
Así como, apoyar en los operativos de prevención, desastres y otros eventos en apoyo a la Policía Nacional y otras entidades vinculadas a la seguridad.
Uso de armas no letales
Si bien, aún está pendiente la publicación de la ley que autoriza el uso de armas no letales, se establece que los serenos deben contar con el equipamiento, según los recursos de cada municipalidad.
Estos son: grilletes de seguridad, bastón tonfa, aerosoles de pimienta y chalecos antibalas, para el cumplimiento de sus funciones; teniendo como finalidad prevenir y disuadir la comisión de delitos y faltas que atenten contra la seguridad ciudadana, respetando los derechos fundamentales de las personas.
La autoridad municipal, de acuerdo a su disponibilidad presupuestal, proveerá de los recursos respectivos para el equipamiento, la capacitación y las evaluaciones psicológicas periódicas a los serenos municipales.
La propuesta indica que los procesos de capacitación están a cargo de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas, previo convenio interinstitucional, y se efectuarán en las escuelas técnico superiores ubicadas en las respectivas provincias o en las unidades de las regiones policiales y militares, según correspondan.
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La propuesta: derechos y escalas salariales
Hace una semana se presentó a las Comisiones de Trabajo y de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado del Congreso, un proyecto de le para crear la carrera pública especial del servicio de serenazgo municipal.
El congresista de la República por Perú Libre, Américo Gonza Castillo, autor de la propuesta, dijo que lo que se busca es ‘profesionalizar’ el servicio. “Que los serenazgos puedan hacer una línea de carrera, que no lleguen o se vayan con una nueva gestión municipal; que sea obligatorio que pasen por la Escuela de serenos de la Municipalidad de Lima y que pasen exámenes como los que dan en las escuelas militares”.
Así, propone que para el ascenso los miembros del servicio de serenazgo municipal deben reunir los requisitos siguientes:
a) Tener un puntaje aprobatorio, en el factor rendimiento profesional, correspondiente al nivel operativo que ostenta.
b) Estar declarado apto en el examen médico anual.
c) Encontrarse en situación de actividad.
d) Los postulantes al ascenso que hayan retornado a la situación de actividad por mandato judicial - medida cautelar, deberán contar con sentencia judicial consentida ejecutoriada.
e) No haber sido condenado por delito alguno con sentencia consentida y/o ejecutoriada.
f) No haber sido sancionado por falta grave en los últimos dos años o muy grave en los últimos tres años, a la fecha del ascenso.
Y pertenecer a un sistema pensionario, ya sea AFP u ONP.
Asimismo, propone que el servidor culmina definitivamente su vínculo laboral con la administración municipal, por las siguientes causales:
a) Por limite de edad de 70 años;
b) Al día siguiente de haber cumplido 40 años de servicio;
c) Enfermedad o incapacidad sobrevenida en servicio activo.
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