Las vacaciones son un derecho laboral, pero la ley permite que las empresas puedan comprar o los trabajadores vender hasta 15 días de sus descansos, esta es una tendencia que parece elevarse en los últimos meses.
Antonio Castillo, gerente de Estudios Económicos de la Sociedad Nacional de Industrias (SNI) indicó a gestion.pe que en aquellos sectores en el que la demanda sigue una evolución positiva, las empresas se inclinan por comprar los días de descanso.
“El promedio de días comprados es de una quincena, al menos hasta el tercer trimestre de este año”, señala. Asimismo, agrega, dicha negociación se ha observado principalmente en las áreas de operarios y mandos medios de las empresas.
Pero, ¿en qué tipo de empresas? “En el sector confecciones, cuya demanda desde Estados Unidos mantiene a las fábricas al tope de su capacidad; en el sector de químicos, de minerales no metálicos y metálicos, el farmacéutico, también en bebidas, cuyo volumen ha crecido, y algo menos en el sector de alimentos”, dijo.
Las industrias aquí mencionadas registraron resultados favorables en lo que va del año. Solo en setiembre último, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) reportó que la fabricación de productos metálicos para uso estructural tuvo un crecimiento de 14.59%, por mayor elaboración de armazones de metal para la construcción y partes de esas estructuras (chapas, barras, perfiles, torres y castilletes) para atender la demanda interna y externa (Honduras y República Dominicana).
La SNI ya había informado que, al menos durante el primer semestre del 2022, las fábricas de bebidas y alimentos estaban a un 78.6% de su capacidad (74% fue el nivel de enero-junio 2021). Estos son factores que han permitido mantener las operaciones de las empresas y la mano de obra activa.
En el caso del las exportaciones, ADEX reportó que la industria de prendas de vestir (confecciones) fue el segundo mayor empleador entre las empresas exportadoras, entre enero y agosto (237,697 personas), “debido a la demanda de mano de obra para confeccionar y comercializar t-shirt de algodón, suéteres, chalecos, prendas de bebés, vestidos y pijamas para mujeres, entre otros”.
Entre el récord vacacional y la indemnización
La pandemia y sus consecuencias en el mundo laboral generaron un récord vacacional, menciona el laboralista César Puntriano.
Por un lado, los trabajadores con comorbilidades y otras enfermedades preexistentes que mantienen la licencia con goce de haber siguen acumulando vacaciones; por otro, los colaboradores en actividades esenciales gozaron menos del descanso por la recarga laboral.
En cualquiera de estas situaciones, explica el experto, se generaron vacaciones truncas que la mayoría de empresas luego tuvo que indemnizar.
De acuerdo con las normas peruanas, los trabajadores que no disfruten del descanso vacacional dentro del año siguiente a aquel en el que adquieren el derecho, percibirán: una remuneración por el trabajo realizado, una remuneración por el descanso vacacional adquirido y no gozado, y una indemnización equivalente a una remuneración.
“En la práctica, es un día de remuneración por cada día de vacaciones no gozadas”, señala.
No obstante, hay también otro grupo de trabajadores que prefiere no acumular vacaciones ni gozarlas: negocia con sus empleadores la venta de dichos días.
Jorge Toyama, abogado laboralista y socio de Vinatea & Toyama, comenta que la actual situación en Perú, donde los ingresos son en su mayoría bajos, está empujando a más trabajadores de diversos grupos a vender sus vacaciones.
“Un trabajador que no gane mucho dinero, como un auxiliar, analista, no es inusual que venda sus vacaciones; excepto los jóvenes, ellos tienden a pedir al menos 15 días de vacaciones”, dice a gestion.pe.
Cabe indicar que la ley establece que el tope máximo de vacaciones que el trabajador puede ‘vender’ son de 15 días, y será decisión de la empresa si acepta o no.
Tanto Puntriano como Toyama han subrayado, en sus declaraciones para gestion.pe, que lo ideal sería que el trabajador pueda disfrutar de sus vacaciones, aunque sea por pocos días. Sin embargo, “la venta de las vacaciones está en la mayoría de casos asociada al ingreso del trabajador, aquellos que perciben menos sueldo tienden a la venta de vacaciones”, añade Toyama.
Aunque como se ha señalado en líneas anteriores, va también por la necesidad de las empresas de mantener activas las operaciones.
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Descanso
En aquellos casos de trabajadores que continúan con licencia con goce de haber debido a la pandemia, Puntriano recomendó a los empleadores a “cortar la licencia y asignar el descanso vacacional que corresponda. Luego, continuar con el periodo de licencia por el contexto de la pandemia”.
Por su parte, Toyama anotó que los únicos que podrían programar vacaciones fuera del plazo de ley y sin recibir indemnización son aquellos trabajadores de alta jerarquía, es decir, gerentes y altos mandos. “En estos casos, la ley los excluye del beneficio de una indemnización”, indica.
Puede ver la guía completa sobre el descanso vacacional aquí.