Los empleadores tienen un rol preponderante para prevenir y sancionar casos de hostigamiento o acoso sexual en el ámbito laboral.
Como medida de prevención, resulta fundamental que el empleador capacite periódicamente a sus trabajadores respecto a cómo identificar conductas que puedan calificar como hostigamiento sexual, con ejemplos claros y reales, indicó Mariana Barreto, asociada senior del área laboral de Hernández & Cía.
“Se debe poner en conocimiento del personal cuál es el procedimiento de denuncia ante la configuración de casos de hostigamiento sexual, así como facilitar los canales de atención y poner los formatos aplicables a disposición de los trabajadores”, agregó Barreto.
Las empresas que tengan 20 a más trabajadores están obligadas a conformar un Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual, refirió Shirley Quino, asociada senior del área laboral del estudio Payet.
El comité debe estar conformado por cuatro integrantes, dos representantes del empleador, y dos representantes de los trabajadores.
Las empresas que tengan menos de 20 trabajadores, deberán contar con un delegado, el cual tendrá las mismas funciones del comité: investigar y proponer, de ser el caso, la sanción en caso de comprobarse el hostigamiento sexual.
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Barreto subraya que la investigación no solo inicia por la denuncia de parte o de un tercero que haya sido testigo de los hechos, sino que el empleador, de oficio, también puede iniciar un proceso de investigación si identifica un potencial caso de hostigamiento sexual.
Shirley Quino precisa que el área de Recursos Humanos también podría recibir una denuncia anónima sobre un caso de hostigamiento sexual.
Tras recibir la denuncia por cualquiera de las vías mencionadas, esta se trasladará al comité, el cual investigará el caso en un proceso que tomará alrededor de 15 días.
“Luego de recaudar las pruebas e interrogar a las partes, el comité emitirá su conclusión, donde se determinará si se configuró o no un caso de hostigamiento sexual. De concluir que sí, también se dará la recomendación de la sanción, que puede ser un llamado de atención, suspensión o despido, según el nivel de gravedad de los hechos”, indicó Quino.
Agregó que el informe de la comisión se trasladará al área de Recursos Humanos de la empresa, que tomará la decisión final en 10 días. “Podría acoger la recomendación de la comisión o separarse de esta, pero motivándolo”, apuntó la abogada.
Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.