El Ositran publicó las nuevas condiciones y reglas generales para el uso de playa de estacionamiento del aeropuerto internacional Jorge Chávez, las que entrarán en vigencia desde el 1 de marzo.
Estas disposiciones -cabe precisar- nace para enfrentar una problemática identificada por LAP, concecionario del aeropuerto capitalino, relacionado al desorden en la parte externa del terminal de pasajeros, generando inseguridad en contra de los viajeros, las que es atribuible -dice el documento emitido- a la ocupación de la vía (avenida Faucett) por parte de taxistas que la utilizan como paradero informal.
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Esta problemática se vio agravada debido a que los taxistas informales ocuparon inclusive la vía vehicular dentro de la playa de estacionamiento del aeropuerto Jorge Chávez conocida como la “vía libre”, bloqueando incluso en algunos casos, los senderos peatonales que están destinados para facilitar el acceso a los pasajeros, generando desorden, caos y sobre todo inseguridad para los usuarios.
A esta situación se suma que dichos taxistas -refirió el concecionario- originan aglomeraciones cuando al bajarse de sus vehículos ofrecen sus servicios a los pasajeros, abordándolos de manera insistente durante su recorrido a la salida del terminal, a fin de que éstos contraten el servicio de taxi, lo que causa malestar en los pasajeros.
LAP remarcó que ha recibido reclamos en donde los usuarios han manifestado su malestar e incomodidad por la presencia de un “enorme número de choferes de taxis y jaladores que asechan a los turistas”.
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Esta situación -se lee en norma legal- fue confirmada por la Gerencia de Atención al Usuario del Ositran, que realizó un monitoreo a las instalaciones del terminal en el marco de sus funciones y halló:
- Desorden y aglomeración en la parte externa del terminal, tanto en zona nacional como internacional, generado por la gran cantidad de personas que brindan el servicio de taxi.
- Obstrucción del tránsito peatonal desde o hacia el terminal de pasajeros, dado que algunos taxistas se ubican en los senderos peatonales.
- Ofrecimiento del servicio de taxi a viva voz y mediante carteles a los pasajeros que salen del terminal.
Así tras revisar lo expuesto por LAP, verificar la problemática y recibir la propuesta con las nuevas condiciones y reglas generales para el uso de la playa de estacionamiento, el Ositrán refirió que esta contribuye “a la solución del problema presentado en la playa de estacionamiento del AIJCH, y cuya aplicación resulta proporcional al objetivo de garantizar el uso correcto de la infraestructura y la seguridad de los usuarios del AIJCH, encontrándose acorde con la normativa vigente”.
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-Las nuevas condiciones-
Las nuevas condiciones para el uso de la playa de estacionamiento del aeropuerto que rige desde el 1 de marzo, son las siguientes, entre las más relevantes:
- La vía libre podrá ser usada por los vehículos particulares para dejar y recoger pasajeros.
- En el caso de los servicios de taxis que ingresen a la vía libre podrán hacer uso de ésta únicamente para dejar pasajeros. No obstante, mientras estén vigentes los “Lineamientos sectoriales para la prevención de la COVID-19 en la prestación del servicio de transporte aéreo de pasajeros y carga”, tanto vehículos particulares como taxis utilizarán la vía libre solamente para dejar pasajeros.
- En el caso de los servicios de taxi que ingresan a la playa de estacionamiento del AIJC para recoger pasajeros, deberán acreditar que cuentan con una solicitud de pasajero para tal efecto.
- Realizar el pago del ticket de estacionamiento al momento de retirarse de la playa de estacionamiento, debiendo respetar el tiempo de gracia para la permanencia del vehículo luego de efectuado el pago, el cual será determinado por LAP o la empresa operadora de la playa de estacionamiento contratada por LAP.
Respecto a las prohibiciones, las más destacadas son:
- Ofrecer el servicio de taxi o el de transporte de pasajeros a viva voz, de manera directa o a través de terceras personas (“jaladores”) en la playa de estacionamiento o en zonas aledañas a ésta, dentro del AIJC.
- Ofrecer en la playa de estacionamiento cualquier servicio o producto no autorizado por LAP.
- Ocupar espacios destinados a usuarios con capacidad reducida cuando no se tenga tal condición.
- Estacionar el vehículo en áreas no autorizadas; ocupando más de un espacio de estacionamiento.
- Obstruir, con el vehículo o con cualquier otro medio, el tránsito peatonal desde o hacia el terminal de pasajeros.