Los contratos a plazo fijo siempre han sido objeto de crítica en la esfera laboral peruana, en parte debido a que han sido utilizados de manera incorrecta por empleadores para evitar incluirlos en la planilla regular y pagar beneficios laborales a su personal.
Ahora, estos contratos podrían volver a ser modificados, como consecuencia de un nuevo proyecto de ley que se encuentra en el Congreso, que busca evitar el mal uso de estas contrataciones y que aún se encuentra en la Comisión de Trabajo.
La iniciativa legal propuesta por la bancada de Cambio Democrático-Juntos por el Perú plantea cambios que buscarían reducir los plazos por los que se pueden usar estos tipos de contrato, además de modificar en que situaciones podrían aplicarse.
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Plazos más cortos
Uno de los primeros cambios propuestos por el proyecto es que los contratos por inicio de nueva actividad empresarial solo puedan ser utilizados hasta por un plazo máximo de 18 meses. Hoy en día, pueden ser usados hasta 3 años, es decir, 36 meses, el doble.
Esta insistencia en cortar los plazos máximos de estos contratos también se ve en la modificación a los contratos por Obra Determinada o Servicio Específico. Al respecto, señalan que el contrato y las renovaciones no podrán superar, en conjunto, los 3 años de duración cuando, actualmente, la norma establece que su “duración será la que resulte necesaria”.
Adicionalmente, se plantea que una empresa puede contratar a un trabajador bajo varios tipos de contratos temporales uno luego del otro si es necesario. Sin embargo, el plazo máximo que estos contratos pueden ser utilizados en conjunto sería de 2 años cuando, en la actualidad, se establece un plazo máximo de 5.
“Este plazo no es aplicable a los contratos por suplencia, por obra determinada ni para servicio específico”, establece el proyecto, precisión que no existe en el texto de la norma actual.
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Necesidades del mercado
Por otro lado, el proyecto plantea que los contratos temporales por necesidades del mercado podrán cubrir actividades que formen parte de la actividad ordinaria de la empresa y podrán ser utilizados ante la ocurrencia de un evento fortuito o de fuerza mayor.
Asimismo, el texto indica que estos contratos se podrán utilizar solo por 6 meses. Anteriormente, se indicaba que podían ser utilizados por 6 meses al año hasta por 5 años.
Crítica
César Puntriano, socio del estudio Muñiz, señala que el proyecto es anti técnico, pues recorta las modalidades de contratación a plazo fijo, así como su duración, sin sustento alguno.
El abogado, además, señala que el proyecto deja muchas incógnitas abiertas.
“Se reduce la indemnización por terminación anticipada, pero al parecer no aplicaría si el cese es por motivos prohibidos, o con vulneración de derechos fundamentales. Lamentablemente, no dice que ocurre en ese caso. ¿Reposición? No tendría sentido en un contrato temporal”, recalca al respecto, ya que reponer a un trabajador a un puesto que es temporal por su naturaleza no tendría lógica en terminos de manejo de funciones.
También recalca que el proyecto propone soluciones excesivas.
“Se añade como causa de desnaturalización del contrato (es decir la integración a la planilla regular), si este no se celebra por escrito, lo que es excesivo, pues se trata de un requisito formal”, comenta.
Código de Trabajo
El proyecto de ley es muy parecido a lo que dispone el anteproyecto del Código de Trabajo elaborado por la entonces ministra de trabajo, Bettsy Chávez, sobre los contratos a tiempo parcial.
El Código de Trabajo se iba a discutir en el Consejo Nacional del Trabajo, pero esto se tornó imposible debido a diferencias entre el sector privado y público, como consecuencia de que el Ministerio empezara a emitir normas sin consultar su contenido en el Consejo, lo que fue considerado por los privados como una “pateada del tablero”.
En ese sentido, Puntriano señala que el proyecto estaría equivocado en intentar normar algo que debería hacerse con la intervención de trabajadores, empleadores y el Estado.
“El anteproyecto del Código de Trabajo supuestamente va a entrar a discusión en un foro donde se convoquen a empleadores y trabajadores. ¿Por qué adelantarse a regular alto tan importante mediante este proyecto de ley?”, se pregunta Puntriano.