Toda deuda puede generar intereses y cuando se impugna, el tiempo que se demora también puede generar intereses.

César Valencia, investigador económico de Contribuyentes por Respeto, explica que según la sentencia del Poder Judicial el tiempo en exceso que se tomó la Sunat y el Tribunal Fiscal para resolver la impugnación fue de 6 años, 2 meses y 25 días.

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