Redacción Gestión

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La Sala Especializada en Propiedad Intelectual del confirmó parcialmente la resolución emitida por la Comisión de Derecho de Autor, determinando una multa en contra de la Asociación Peruana de Autores y Compositores (Apdayc), ascendente a 30 UIT, equivalente a S/ 118,500, así como la suspensión de su consejo directivo.

En dicho procedimiento, la Sala verificó que Apdayc estaría aplicando un sistema de distribución de regalías no acorde con la ley de Derecho de Autor (Decreto Legislativo N° 822), generando distorsión en la distribución de regalías.

En ese sentido, el Consejo Directivo de Apdayc deberá convocar a Asamblea General para designar a los representantes que formarán una Junta Administradora, la misma que se encargará de dirigir los destinos de la asociación durante un año.

El Indecopi considera oportuno dejar en claro que la instalación de una Junta Administradora, no suspende las funciones que tiene la asociación, por el contrario, esta junta tiene todas las facultades para seguir recaudando y distribuyendo los derechos de los autores y compositores miembros de Apdayc.

De tal manera que todo aquél que utilice obras musicales en espacios públicos como restaurantes, discotecas, fiestas, entre otros, deberán cumplir con solicitar la correspondiente autorización y efectuar el pago de los derechos de los autores y compositores.

Cualquier incumplimiento de dicha obligación, constituye una infracción a la ley y podrá ser sancionada hasta con 180 UIT (S/ 711,000).