Tras incidentes protagonizados por legisladores de izquierda, Alberto Otárola se presenta ante el pleno del Congreso.
Tras incidentes protagonizados por legisladores de izquierda, Alberto Otárola se presenta ante el pleno del Congreso.

El gobierno de solicitó al Congreso de la República facultades legislativas por 90 días sobre materias específicas de economía, tributación, finanzas, atención a poblaciones de alta conflictividad social, modernización del Estado, idoneidad y meritocracia.

Durante su presentación ante el Pleno del Congreso, para solicitar el voto de investidura, el premier Alberto Otárola indicó que “no haremos un Gobierno en piloto automático, lo que en otras palabras quiere decir que tomaremos decisiones, principalmente, en beneficio del ciudadano”, declaró.

Detalles

De acuerdo al proyecto de ley enviado al Congreso, el Gobierno busca legislar en materia tributaria sobre los siguientes puntos:

  • Crear un régimen simplificado del para empresas de menor tamaño, que incentive la declaración de costos y gastos por medio de sus deducciones, mediante el empleo de libros y registros contables electrónicos, así como comprobantes de pago electrónicos; lo que incluye modificar la Ley del Nuevo Régimen Único Simplificado, suprimir el Régimen Especial del Impuesto a la Renta y el Régimen MYPE Tributario.
  • Modificar el primer párrafo del artículo 26 de la Ley del Impuesto a la Renta, sobre rentas por intereses presuntos.
  • Prorrogar la vigencia de las exoneraciones previstas en el artículo 19 de la Ley del Impuesto a la Renta
  • Dictar medidas para implementar las exenciones y/o devoluciones y otros aspectos tributarios en el marco de la Copa Mundial Sub-17.
  • Modificar la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo () con la finalidad de considerar como exportación la venta de metal realizada por productores mineros a favor de fabricantes nacionales de joyería destinada a la exportación de joyería.
  • Flexibilizar, de manera temporal, las condiciones para calificar como establecimientos cuyas adquisiciones dan derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas a favor de los turistas extranjeros.
  • Perfeccionar la regulación de la Ley N° 31335, Ley de perfeccionamiento de la asociatividad de los productores agrarios en cooperativas agrarias, lo que incluye implementar el tratamiento del Impuesto General a las Ventas aplicable a las cooperativas agrarias.
  • Exonerar de impuestos la importación de bienes que se destinen directamente a la ejecución del Proyecto Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao.
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En inversión pública:

  • Establecer disposiciones especiales para facilitar la tramitación, evaluación o aprobación de procedimientos vinculados con licencias, autorizaciones, en especial en temas de habilitación urbana y certificación ambiental, así como autorizar la ejecución de inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR) con recursos del canon, sobrecanon, regalías mineras y FOCAM.
  • Autorizar la aprobación de metodologías específicas aplicables a las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones hasta el 31 de diciembre de 2024.
  • Autorizar el desarrollo de acciones para brindar acompañamiento especializado y permanente en gestión de inversiones con estándares internacionales de dirección de proyectos en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
  • Modificar el Decreto Legislativo N° 1435, Decreto Legislativo que establece la implementación y funcionamiento del Fondo Invierte para el Desarrollo Territorial — FIDT, con la finalidad que la Secretaría Técnica brinde asistencia técnica a los gobiernos regionales y locales beneficiarios de los concursos en el marco del FIDT, así como modificar la finalidad de los recursos de dicho Fondo.
  • Autorizar, excepcionalmente para el Año Fiscal 2023, el uso de Recursos provenientes de la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito para Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI) y las Inversiones de Optimización, Ampliación Marginal, Reposición y Rehabilitación (IOARR) que se encuentren en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios (PIRCC).
  • Modificar el Decreto de Urgencia N° 021-2020 que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos especiales de inversión pública y dicta otras disposiciones, a fin de habilitar a los gobiernos locales para que suscriban convenios con los PEIP para la ejecución de sus inversiones, así como simplificar procedimientos, criterios o requisitos que agilicen su implementación. Modificar la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres naturales y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, a fin de flexibilizar los plazos dispuestos en la normativa vigente para la expropiación de bienes inmuebles y liberación de interferencias necesarias para la ejecución de intervenciones que se encuentren en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios (PIRCC).
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Tercerización laboral

Respecto al empleo, el primer ministro informó que “corregirá varias medidas que han afectado la toma de decisiones, mediante el diálogo entre los principales actores de la producción y los servicios, vale decir, la representación de los gremios laborales, la del segmento empresarial y el Estado”, en clara referencia al decreto de urgencia sobre la restricciones a la aplicación de la tercerización laboral.

“Con esa finalidad, promoveremos la reactivación inmediata del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo porque es indispensable que inversionistas y trabajadores vuelvan a interactuar junto con el Estado para consensuar las principales normas laborales”, indicó.