Si bien el Gobierno actualmente viene trabajando en la elaboración de una lista que tendrá hasta 40 medicamentos esenciales de Denominación Común Internacional (DCI) -cuya venta deberá ser obligatoria en todas las farmacias y boticas públicas y privadas a nivel nacional-, esta lista incluirá las presentaciones de cada fármaco: gotas, jarabes y tabletas.
En una conferencia en la que participó la ministra de Salud, Zulema Tomás, el viceministro de Salud Pública, Gustavo Rosell; y la directora de la Digemid, Susana Vásquez, se presentó un ejemplo de lista de medicamentos genéricos que deberán contar todas las farmacias y boticas a partir del 2 de diciembre de este año.
Así, se observa que en el caso del ibuprofeno, se cuentan con dos presentaciones: oral y tableta; y en el caso del paracetamol se observa la presentación en gotas, oral y tabletas.
Bajo este ejemplo, la directora de la Digemid, Susana Vásquez, precisó que cada presentación cuenta como un producto y de esta forma se completará la lista de 40 medicamentos.
Mencionó además que para elegir los 40 medicamentos de esta lista de genéricos se evalúan los 742 medicamentos que forman parte del Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME).
Criterios y plazos
La lista de hasta 40 medicamentos que viene trabajando el Minsa se enmarca en el Decreto de Urgencia 007 emitido a fines de octubre y el cual declara a los medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos como parte esencial del derecho a la salud.
Al respecto, la ministra de Salud, Zulema Tomás, afirmó que se viene trabajando en el reglamento de este DU -que incluirá este listado así como otros criterios para su implementación-, y para ello se vienen realizando las coordinaciones con el Colegio de Químicos Farmacéuticos así como otras entidades vinculadas.
Por su parte, el viceministro de Salud Pública, Gustavo Rosell, afirmó que también se trabaja en los límites mínimos de medicamentos del listado, límites mínimos de disponibilidad, gradualidad de sanciones y demás procedimientos.
“No vamos a exigir a una farmacia donde habitan 2,000 habitantes, lo mismo que se le va a exigir a una farmacia en donde hay un millón de habitantes”, aclaró.
Mencionó además que entre los medicamentos que se considerarán en esta lista figuran los fármacos para salud mental, diabetes, hipertensión arterial, así como infecciones respiratorias como el asma.
Precisó además que si bien la obligatoriedad de contar con estos medicamentos rigen desde el 02 de diciembre de este año, las multas de UIT (S/ 8,400) serán aplicadas a partir de marzo del 2020.
Finalmente indicó que la vigencia de medida estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2020 y posteriormente se revisará los resultados de la norma para evaluar posibles ajustes.