El Ejecutivo autorizó a las empresas del sistema financiero y a las COOPAC a incluir un periodo de gracia de hasta 12 meses. (Foto: GEC)
El Ejecutivo autorizó a las empresas del sistema financiero y a las COOPAC a incluir un periodo de gracia de hasta 12 meses. (Foto: GEC)

Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide) suma S/ 500 millones más al Fondo de Apoyo Empresarial a la Mype (conocido como FAE Mype) pasando de S/ 300 millones a S/ 800 millones.

Cabe indicar que, hasta la semana pasada la colocación de los créditos del FAE Mype era por S/ 126 millones, pero con una demanda que superaba los S/ 400 millones por parte de las microfinancieras.

Con ello, no se crea un nuevo FAE Mype, como estaba previsto, sino que se amplía el fondo de financiamiento con algunas nuevas condiciones, que estaba inicialmente.

Según el Decreto de Urgencia Nº 049-2020 estos nuevos recursos se destinarán a créditos que de manera exclusiva sean para capital de trabajo y estableciendo nuevos límites de garantía individual, a efectos de continuar implementando medidas oportunas y efectivas.

De esta manera se excluye el refinanciamiento o reprogramación de las deudas, este era el planteamiento inicial del FAE Mype.

Entidades participantes

Otra de las modificaciones, son las entidades participantes, y es que en la anterior versión se exigía un nuevo de clasificación de riesgo de las microfinancieras de B- o que las cooperativas de ahorro y crédito participantes sean de nivel 2.

Ante ello, ahora el nuevo FAE Mype exige que ninguna de las entidades se encuenten en ningún régimen de intervención, disolución y liquidación o plan de saneamiento financiero exigido por la SBS.

Además, se ha extendido para que las entidades tengan una clasificación de riesgo igual o mejor a C, y en el caso de las Cooperativas de Ahorro y Crédito que no tengan calificación, Cofide realizará la evaluación crediticia y otorga una clasificación crediticia equivalente.

Más garantías

La garantía que otorga el FAE-MYPE cubre como máximo el monto equivalente a dos veces el promedio mensual de deuda de capital de trabajo registrado por la MYPE, en el año 2019, en la empresa del sistema financiero o COOPAC que le otorga el crédito

La garantía se aplica de acuerdo con la siguiente cobertura:

  • Hasta S/ 10,000 con una cobertura de 98% de la cartera por deudor.
  • Desde S/ 10,001 hasta S/ 30,000 con una cobertura de 90% de la cartera por deudor.

La garantía se activa a los 90 días calendario de atraso de los créditos otorgados y el pago se realiza a los treinta 30 días calendario.

-Beneficiarios del FAE Mype-

  • Los que obtengan créditos para capital de trabajo a partir de la entrada en vigencia de la presente norma.
  • Los que encuentren clasificadas en el Sistema Financiero, al 29 de febrero de 2020 en la Central de Riesgo de la SBS, en la categoría de “Normal” o “Con Problemas Potenciales” (CPP).
  • En caso de no contar con clasificación a dicha fecha, no haber estado en una categoría diferente a la categoría “Normal” durante los 12 meses previos al otorgamiento del préstamo.
  • En caso la mype se financie a través de una COOPAC y no cuente con información en la Central de Riesgo de la SBS, el criterio de elegibilidad podrá establecerse en el Reglamento Operativo.

No son elegibles aquellas mype que:

  • Se encuentren vinculadas a las empresas del sistema financiero y a las COOPAC otorgantes del crédito, así como aquellas comprendidas en la Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos.
  • Cuenten con créditos garantizados en el marco del Programa Reactiva Perú.

-Plazo-

El Ejecutivo autorizó a las empresas del sistema financiero y a las COOPAC a incluir un periodo de gracia de hasta 12 meses.

Los recursos que no se lleguen a comprometer al 31 de diciembre de 2020 (fecha en la que vence el plazo para otorgar créditos bajo el Fae Mype) serán devueltos al Fondo Crecer.

El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.

-Financiamiento de empresas exportadoras-

Los recursos del Fondo Crecer destinados al financiamiento de las empresas exportadoras se pueden utilizar hasta el 25% de los recursos no comprometidos del mencionado fondo, al 31 de marzo de 2020.