El nuevo cronograma inicia con los contribuyentes cuyo último digito del RUC sea cero (0). (Fuente: GEC)
El nuevo cronograma inicia con los contribuyentes cuyo último digito del RUC sea cero (0). (Fuente: GEC)

La mediante la resolución se aprobó hoy, sábado 24 de diciembre, el cronograma de vencimientos mensuales para la declaración y pago de las obligaciones tributarias para el 2023, que regirá desde el 15 de febrero del siguiente año.

Esta resolución tiene como objetivo regular las fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos de compras electrónicas, el pago de tributos de liquidación mensual, cuotas, pagos a cuenta mensuales y tributos retenidos o percibidos.

El cronograma inicia con los contribuyentes cuyo último digito del sea cero (0) entre los días 15 y 19 de enero próximo, de acuerdo al documento emitido por la Sunat.

Cabe señalar que los buenos contribuyentes cuentan con un vencimiento especial que reconoce su cumplimiento permanente y les brinda un mayor número de días para presentar sus declaraciones y pagos.

(Fuente: Sunat)
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(Fuente: Sunat)
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