Los establecimientos deben implementar una política de no contacto durante el servicio y atender pedidos en los horarios que establezcan las autoridades nacionales. (Foto: GEC)
Los establecimientos deben implementar una política de no contacto durante el servicio y atender pedidos en los horarios que establezcan las autoridades nacionales. (Foto: GEC)

El Ministerio de la Producción (Produce) publicó las disposiciones complementarias para la continuidad del inicio gradual de la actividades económicas, en el marco de la Fase 1, en materia de restaurantes y afines, a través de la Resolución Directoral N° 00002-2020-Produce.

Con este nuevo criterio, se espera la reapertura de 3,040 empresas adicionales, la mayoría con características de microempresas (77.8%), que se encontrarán principalmente distribuidas en Lima (37.9%), Arequipa (13.6%) y Cusco (9.5%). Con ello, se alcanzará un total de restaurantes focalizados de 5,681.

De esta manera, a partir hoy se está permitiendo el reinicio de operaciones a nivel nacional, a excepción de las regiones de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, y Loreto debido a su alto índice de contagio de COVID-19.

Así también podrán ingresar restaurantes de menor tamaño, al disminuir el parámetro de ventas anuales de 75 UIT a 50 UIT o su equivalente mensual de S/ 17,916.

Lo que implica -de acuerdo al tributaristas José Verona- que esta medida beneficiará a aquellos restaurantes cuyas ventas diarias lleguen a los S/ 600 aproximadamente, realicen 12 ventas diarias y tengan 40 clientes diarios.

“Estos cambios no implica que todos los restaurantes van a poder abrir sus servicios, ya que la nueva modificación explica que solo abrirán empresas, es decir, aquellas que están formalmente inscritas ante la Sunarp. Solo el 21% de los restaurantes son personas jurídicas, en cambio el 79% son personas naturales. Este límite no es discriminatorio ya que las empresas asumen la responsabilidad ante posibles contagios”, explicó.

Agregó que una persona natural con negocio no pude inscribirse ante la Sunarp, únicamente empresas jurídicamente constituida tipo SAC, EIRL, entre otros.

Para obtener la aprobación específica sectorial para reanudación de actividades del sector producción, las empresas deben tramitarla en forma digital a través de la plataforma "Produce virtual”.

-Protocolos necesarios-

Es importante destacar que los establecimientos deben implementar una política de no contacto durante el servicio y atender pedidos en los horarios que establezcan las autoridades nacionales. Por tanto, el servicio de atención en salón y pedido de forma presencial están prohibidos.

En otras consideraciones en torno al trabajador, se destaca que diariamente se controle la temperatura al ingreso de la empresa con un termómetro infrarrojo clínico. También deberá realizarse la desinfección del calzado al ingreso del centro de trabajo y verificar el lavado o desinfección de manos.

Los equipos de protección de bioseguridad deben ser entregados diariamente por la empresa a los empleados (guantes, cofia, mascarillas, lentes de protección y delantal plástico), ello en función al riesgo de la actividad que realiza el personal.