La compra de Telefónica del Perú por Integra Tec International Inc. abrió un caso relevante para el régimen de control de concentraciones empresariales. El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) determinó que la operación debía ser notificada previamente y sancionó a la empresa y a su grupo económico por ejecutarla sin someterla al procedimiento correspondiente.
En primera instancia administrativa, la Comisión de Defensa de la Libre Competencia impuso una multa de 1,000 UIT (unidades impositivas tributarias) o S/ 5.5 millones por infringir el régimen de Control Previo de Operaciones de Concentración Empresarial establecido en la Ley 31112.
¿Por qué la compra de Telefónica terminó en una sanción?
En abril de 2025, Integra Tec International Inc. adquirió el 99.3% de las acciones de Telefónica del Perú S.A.A., obteniendo así el control de la compañía.
Para la Comisión, la operación superaba los umbrales económicos establecidos en la Ley 31112. Sin embargo, fue ejecutada sin haber sido notificada ni sometida previamente al procedimiento de control ante el Indecopi.
Esta conducta es conocida como gun jumping y puede configurarse cuando una operación sujeta al régimen de control previo se ejecuta sin observar las obligaciones de notificación o suspensión previstas en dicho régimen.

¿Qué argumento presentó Integra Tec ante el Indecopi?
Durante el procedimiento, Integra Tec International Inc. sostuvo que la adquisición de Telefónica del Perú constituía su primera operación en el país y que no estaba sujeta a la obligación de notificación previa.
La Comisión descartó este argumento tras su análisis técnico y determinó que la operación sí debía ser notificada previamente ante el Indecopi.
En ese sentido, estableció que Integra Tec International Inc. y su grupo económico incurrieron en las infracciones previstas en el artículo 27 de la Ley 31112, al no presentar la solicitud de autorización correspondiente y ejecutar la operación antes de someterla al procedimiento de control previo.
¿Qué sigue para Integra Tec tras la multa?
La referida decisión del Indecopi corresponde a la primera instancia administrativa y no es definitiva. La empresa puede apelar ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi, última instancia administrativa, que podría confirmar, revocar o anular la decisión.
El caso tiene además un carácter inédito dentro del régimen actual: el Indecopi señaló que se trata del primer caso de gun jumping sancionado bajo el régimen general de control previo de operaciones de concentración empresarial vigente desde 2021.







