Grupo Gloria podría alcanzar más del 80% de participación en el mercado de compra de caña de azúcar en Lambayeque.
Grupo Gloria podría alcanzar más del 80% de participación en el mercado de compra de caña de azúcar en Lambayeque.

La Comisión de Defensa de la Libre Competencia del rechazó la autorización para que Agroaurora S.A.C., empresa del , adquiera . La decisión se tomó al comprobar que la operación de concentración generaría una restricción significativa de la competencia en dos mercados relacionados con la. Además, las medidas propuestas por no mitigarían los posibles efectos que pudieran derivarse de la operación.

Según la Ley 31112, el se encarga de revisar las transacciones en todos los sectores económicos del país que superan ciertos umbrales para asegurar que estas operaciones de se realicen respetando la competencia efectiva y promoviendo la eficiencia económica para el bienestar de los .

En este caso, tras una primera fase de evaluación, la Comisión detectó “serias preocupaciones” sobre posibles efectos negativos en dos mercados específicos: la compra de caña de azúcar a cañicultores independientes en , Lambayeque y La Libertad, y la venta de azúcar doméstica en el mercado nacional.

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Región con mayor riesgo de concentración

Según resolución 148-2024/CLC del 27 de junio de 2024 del Indecopi, la mayor preocupación se presentaría en la región Lambayeque, donde el podría alcanzar más del 80% de participación en el mercado de compra de caña de azúcar. En la venta mayorista de azúcar a nivel nacional, Gloria podría superar el 50% de participación si la operación se concretaba.

Además, se constató que algunas marcas de azúcar del , como Agrolmos y Dulce Norte, son similares en precio y características a la marca , lo que aumentaría la probabilidad de restricción de competencia. Esta preocupación es mayor en Piura, donde la presencia de otras marcas de azúcar local o importada es limitada.

Durante la segunda fase de evaluación, presentó propuestas para mitigar los riesgos, pero estas fueron rechazadas por ser insuficientes para mantener la competencia en el mercado.

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Esta es la primera vez que la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del niega una autorización bajo el régimen de control previo de operaciones de vigente desde el 14 de junio de 2021.

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