(AP Foto / Víctor R. Caivano).
(AP Foto / Víctor R. Caivano).

La existencia de una persona jurídica, de manera independiente de sus socios, accionistas o titular, se da con su inscripción en Registros Públicos, según la Ley General de Sociedades. Para que deje de existir, es necesario que sus socios o administradores lleven a cabo un procedimiento de disolución, liquidación y extinción.