Pese a que la venta de chips en la vía pública está prohibida, la situación continúa -según identificó el regulador - lo que generó la imposición de una medida cautelar en contra de los tres principales operadores móviles del mercado como son Claro, Entel y Bitel para evitar que la práctica ilegal continúe.

Esta decisión surge a raíz de la denuncia que impuso Telefónica del Perú (Movistar), en marzo de este año, alegando actos de competencia desleal de parte de sus principales competidores. Las mismas que tuvo en impacto en los resultados del primer trimestre del año, ya que el acto ilegal, alegó, redujo su participación de mercado.

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En concreto, Osiptel considera que la comercialización del servicio público móvil en la vía pública por parte de Claro, Entel y Bitel afectó significativamente sus ventas en los últimos cuatro meses, ya que a marzo 2023 le habría causado una caída de más de 32% de sus ventas a nivel nacional, respeto al cierre de enero de 2023.

De acuerdo a la resolución, a la que tuvo acceso , la firma indica que -por ejemplo- en el caso de América Móvil (Claro) “hace caso omiso a la prohibición de venta itinerante, así como el uso de la biometría en cada transacción”. La denuncia generó que el Cuerpo Colegiado del Osiptel realice una indagación, la que tomó dos meses.

Así en el caso de Claro, el halló que “no ha implementado las acciones necesarias para que sus aplicaciones Claro Comercio y Claro Ventas cumplan con las condiciones minímas de seguridad para evitar la habilitación de ventas no autorizado, como la venta en la vía pública o la realización de transacciones en mercados o lugares concurridos”.

Estos aplicativos, de acuerdo a la denuncia presentada, estaban habilitados para efectuar contrataciones de servicios públicos de telecomunicaciones en la vía pública (de manera itinerante), al carecer de mecanismos de seguridad.

El encontró, asimismo, que “persistiría la venta en la vía pública de servicios móviles de Claro en lugares no autorizados por la normativa desde el 12 de enero 2023″. A esta situación se agrega la utilización de incentivos, beneficios y promociones para reclutar una mayor fuerza de venta destinada a realizar contrataciones vía ambulatoria.

Una situación similar -de acuerdo a fuentes consultadas por este diario- se denunció sobre Entel y Bitel.

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La restricción

El , ante esta situación, ordenó a las tres operadoras del mercado “que los aplicativos móviles para la venta-contratación de su servicio público móvil, sólo se puedan seguir usando para las ventas-contrataciones que se realicen mediante el canal de comercialización de entrega a domicilio (delivery) en las que interviene el personal de la misma empresa debidamente registrado para dicho canal

En tal sentido, se les prohíbe usar aplicativos para ventas ambulatorias. Para tal fin se le ordena retirar de todas las plataformas y tiendas virtuales todo aplicativo o programa informático móvil con el que pueda realizarse venta-contratación de servicio móvil. De no cumplirse con el mandato en cinco días, el regulador podrá aplicar una multa a las operadoras.






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