Foto: GEC
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El presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, afirmó que se van a “reorientar” a los organismos reguladores sin mencionar de qué manera o en qué sentido alegando que “han fracasado abiertamente y han abdicado de su función de defensa y protección del consumidor”.

Hoy los organismos reguladores han fracasado abiertamente y han abdicado de su función de defensa y protección del consumidor. Vamos a reorientarlos para que respondan a la finalidad para los que fueron creados”, indicó durante su discurso en busca del voto de confianza ente el Congreso.

Tendremos novedades en los próximos días”, mencionó.

Actualmente existen cuatro organismos reguladores como son Ositran, Osiptel, Sunass y Osinergmin. Mientras que el Indecopi es una agencia de competencia, que tiene como función implementar políticas de competencia, valga la redundancia.

El año pasado se nombraron a los nuevos presidentes del consejo directivo de los organismos reguladores. En el caso de Ositran está en manos de Verónica Zambrano; en Osiptel se encuentra Rafael Muente mientras que en Sunass está Mauro Gutiérrez y en Osinergmin, Omar Chambergo.

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El premier también anunció:

  • Extensión de Reactiva Perú. Para los usuarios de este programa la vigencia del Decreto de Urgencia 011-2022 y el plazo máximo de acogimiento para las reprogramaciones, se prolongan hasta el 30 de junio. Las empresas del sistema financiero brindarán nuevos periodos de gracia a las empresas acogidas al Decreto de Urgencia mencionado.
  • Fondo de Apoyo Empresarial a las industrias textil y de confección. Para los usuarios de este programa la vigencia del Decreto de Urgencia 012-2022 se prolongará hasta el 30 de junio, a fin de mitigar inmediatamente el impacto financiero adverso del sector textil y confección.
  • Fondo de Apoyo Empresarial al Turismo. Se ampliará la vigencia del plazo de acogimiento a reprogramaciones en el marco del Decreto de Urgencia 004- 2022, también hasta el 30 de junio. Las empresas del sistema financiero brindarán nuevos periodos de gracia a las empresas acogidas.
  • Liberación temporal de las cuentas de detracción. Mediante norma de Sunat, de manera excepcional, se otorgará la liberación de los fondos de las detracciones, es decir el porcentaje del precio total del bien o servicio que los compradores depositan en las cuentas bancarias de detracciones de las empresas vendedoras y que solo puede ser usado por el titular para pagar sus obligaciones tributarias. Esta facilidad permitirá a los contribuyentes tener mayor liquidez con un costo fiscal de alrededor de S/ 960 millones.