En las últimas semanas se publicó el Decreto Supremo 108-2022, el cual introdujo un número de modificaciones a la normativa del Minsa y estableció que los trabajadores sin vacunación podían regresar a laboral.
También señaló que los trabajadores pertenecientes al grupo de riesgo frente al Covid-19 pueden realizar labores mixtas, presenciales o remotas.
Ello ha sido interpretado por un número de empleadores como un permiso para empezar a pedirle a dichos trabajadores que presten servicios de manera presencial o mixta de manera unilateral, pero ello no sería así.
Situación
Anteriormente, la normativa indicó que dichos trabajadores deben realizar trabajo remoto mientras dure el Estado de Emergencia o, de lo contrario, ser otorgados licencias con goce de haber por parte de sus empleadores.
Ello ha llevado a que, a la fecha, existan trabajadores de riesgo que gozan de una licencia con goce de haber desde el comienzo de la cuarentena. Es decir, que vienen recibiendo un sueldo por ya más de 2 años y medio y que no realizan labor alguna.
Imposibilidad
“Muchos clientes están preguntando si pueden establecer unilateralmente que la población de riesgo pueda regresar a trabajar, pero la realidad de los hechos es que no se puede. Ello, porque sigue vigente el decreto de urgencia 026-2020, publicado al comienzo de la pandemia”, señala Cesar Puntriano, socio del estudio Muñiz.
Dicha norma estableció que, como indicado anteriormente, se debe siempre priorizar el trabajo remoto para la población de riesgo y, de no ser posible su aplicación, se le debe dar una licencia con goce de haber al trabajador en cuestión.
Puntriano agrega que el Decreto de Urgencia tiene mayor rango que el Decreto Supremo publicado y que, por lo tanto, opera por sobre las nuevas disposiciones del gobierno.
Vacunación
Por otro lado, cabe recalcar que, pese a lo dicho en algunos medios, no todo trabajador podrá regresar a trabajar si no se encuentra vacunado.
Ello se debe a que existen lugares a los cuales personas no pueden ingresar sin tener las tres dosis de la vacuna.
“Pese a que la norma establece que ya no es necesario estar vacunado para trabajar de manera presencial, la disposición recientemente aprobada en el Consejo de Ministros prohíbe el ingreso a ciertos espacios si no se tiene tres dosis. Es decir, por ahora, ir a trabajar a una fábrica sin vacunarse es posible, pero si trabajas en una tienda dentro de un centro comercial no podrás ir sin estar vacunado”, indica Puntriano al respecto.