La comisión de Economía del Congreso aprobó hoy, con 6 votos a favor y 3 abstenciones, una iniciativa que propone una nueva alternativa para el .

El proyecto de ley permite a las empresas de operaciones múltiples ofrecer productos previsionales similares a una , excepto a las entidades financieras que formen parte del mismo grupo económico que una AFP, indica la iniciativa legislativa aprobada hoy.

Agrega que la norma busca dar mayor competencia al sistema previsional. Los afiliados contarían con una cuenta individual de capitalización, similar a una AFP.

POSICIONES EN CONTRA

Cabe recordar que , puesto que planteamiento de la comisión no considera que el sistema financiero no tiene la experiencia ni la estructura para la administración de los fondos.

Durante su participación en la sesión de ayer lunes, el superintendente de Elio Sánchez señaló que la AFP es responsable del proceso de cobranza; mientras que si un empleador no deposita la CTS no hay obligación de cobranza. 

“Las entidades financieras no están preparadas para administrar un sistema pensionario. No ofrecen multifondos, no cuentan con plataforma de gestión de inversiones”, agregó.

Si bien, con este proyecto –como han advertido desde algunos frentes– habría una mayor competencia para administrar los fondos de pensiones pasando de cuatro AFP a más de 40 entidades financieras, también es cierto –como señala la SBS– que “el esquema de administración de fondos de las AFP ha proporcionado mayores retornos que los obtenidos a través de la colocación de los fondos en cuentas de depósitos en bancos”.

De acuerdo con mediciones realizadas por la entidad reguladora, las tasas de rentabilidad que muestra el sistema privado de pensiones (SPP) siguen siendo muy superiores, en el mediano y largo plazo, a las que reporta el sistema financiero.

Del mismo modo, alerta que la cobertura –al 100%– de las cuentas previsionales por parte del fondo de seguro de depósitos, según refiere el proyecto, no está contemplada en la normativa actual y –considerando que tiene un tope de S/107.198– su cobertura solo “está diseñada para proteger a pequeños depositantes y no a depositantes con mejores oportunidades de inversión”.

Adicionalmente, el MEF ha calificado como “riesgoso” el hecho de que una institución financiera sume los fondos previsionales, que son instrumentos financieros de un horizonte de largo plazo, a sus funciones de captación de ahorros y emisión de créditos.

Según refiere, el ahorro previsional tiene una naturaleza distinta a la de los productos que ofrecen las entidades financieras porque los recursos acumulados durante la vida laboral activa de una persona buscan servir de fuente de ingreso para cuando llegue la edad de cese.

Por su parte, el BCR –también en contra– ha llamado la atención por el impacto que tendría sobre el fisco. “Al implicar una carga fiscal, la propuesta incumpliría lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 79 de la Constitución, que señala que los representantes ante el Congreso no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos, salvo en lo que se refiere a su presupuesto”, indica la observación del ente emisor.

Mientras que la Asociación de AFP ha insistido en invocar al Congreso para que no siga hipotecando la vejez de millones de peruanos. “Este tipo de normas requiere de mayor análisis y deben apuntar a fortalecer el sistema de pensiones en vez de destruirlo”, aseguran.


TAGS RELACIONADOS