Propuesta de la Comisión Agraria también aliviará la cartera de mora del banco agropecuario. (Foto: USI)
Propuesta de la Comisión Agraria también aliviará la cartera de mora del banco agropecuario. (Foto: USI)

Con la finalidad de dar un alivio financiero a los productores agropecuarios, la Comisión Agraria del Congreso de la República aprobó este 13 de junio el dictamen que habilita al Fondo Agroperú a comprar la deuda vencida de unos 1,800 clientes de Agrobanco.

El dictamen, que todavía deberá pasar al Pleno del Congreso, precisa que los beneficiarios serían aquellos que cuenten con saldo de créditos en situación de vencidos al 30 de abril del 2022, y cuyo endeudamiento no supere los S/ 23,000 (5 UIT) de forma individual; o grupal, por hasta S/. 37′000,000.

La adquisición de la cartera vencida solo comprenderá el saldo del capital adeudado a la fecha de la transferencia, por lo que se facultará a a condonar la totalidad de los intereses compensatorios, intereses moratorios y otros gastos o cargos asociados de los créditos materia de la transferencia.

En diálogo con , César Quispe, presidente de Agrobanco, explicó que el dictamen “va a posibilitar que los pequeños productores con deuda vencida tengan un nuevo plazo para pagar. El dictamen establece hasta seis años para que puedan realizar la cancelación”.

Consultado también por el impacto que podría tener en los estados financieros del banco, respondió que tendrá dos efectos: “disminuye el índice de mora de la cartera antigua minorista y brinda liquidez para nuevos créditos, en el marco del nuevo modelo de negocios de microfinanzas rurales, el cual muestra una mora menor al 2%”.

El dictamen fue aprobado por la mayoría de integrantes de la Comisión Agraria y sin algún debate adicional.

Programa de alivio

La propuesta también incluye la implementación de manera excepcional del Programa de Alivio Financiero Agropecuario – PAFA, a cargo de Agrobanco, al que podrán acogerse micro y pequeñas empresas del sector agropecuario para refinanciar créditos vencidos, hasta por un plazo de 60 meses sin capitalizar los intereses moratorios y compensatorios generados a la fecha del nuevo cronograma de pagos, hasta el 31 de diciembre del 2023.

Para ello, el banco agropecuario podrá organizar campañas de difusión. En tanto, el directorio tendría que aprobar una tasa preferencial y promocional para estos refinanciamientos.

Además, se establece un nuevo plazo (hasta el 31 de diciembre del 2022) para la aplicación de beneficios del programa de Rescate Financiero Agropecuario (RFA) para los deudores no acogidos. De igual forma, se incluye una disposición para establecer plazos para la entrega de certificados de levantamiento de garantías y extinción de deuda.

Finalmente, se incluye la creación de un registro de beneficiarios de esta norma el cual estará vinculado al Padrón de Productores Agrarios y su Organizaciones en las cadenas de valor, establecido en el marco de la Quinta Disposición Complementaria de la Ley 30987; con el objetivo de hacer el seguimiento respectivo a los beneficiarios y evitar duplicidades.