Mediante decreto supremo el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó una operación de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para financiar parcialmente mejoras en el servicio del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA).
Vale recordar que el INIA, adscrita al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), desarrolla actividades de investigación, transferencia de tecnología, conservación y aprovechamiento de los recursos genéticos, así como la producción de semillas, plantones y reproductores de alto valor genético.
En este caso, la operación de endeudamiento será acordada con el BID hasta por la suma de US$85 millones, y estará destinada a financiar parcialmente el proyecto de inversión Mejoramiento de la red de servicios de innovación, transferencia tecnológica y extensión agraria en seis estaciones experimentales agrarias del INIA, a ser ejecutado por el Midagri.
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Plazo de cancelación de la deuda
La cancelación de la citada operación de endeudamiento externo se efectuará en un plazo de dieciocho años, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato de préstamo, mediante cuotas semestrales y consecutivas, e incluye un periodo de gracia de seis años.
La operación de endeudamiento externo devenga una tasa de interés basada en la Tasa SOFR, más un margen a ser determinado por el BID, de acuerdo con su política sobre tasas de interés.
El referido endeudamiento externo está sujeto a una comisión de crédito sobre el saldo no desembolsado del préstamo, que es establecido periódicamente, de conformidad con las disposiciones aplicables de la política del BID, sin que exceda el 0.75% anual.
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Ley de endeudamiento
Esta operación fue aprobada, tomando en consideración que la Ley de Endeudamiento del Sector Público para el año fiscal 2024 autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$2,572 millones, de los cuales US$2,063 millones corresponden al destino sectores económicos y sociales.
El citado decreto supremo autoriza al MEF para que en el marco de esta operación de endeudamiento externo pueda ejercer las facilidades de conversión de moneda, de tasa de interés, de conversión de productos básicos y de protección contra catástrofes.
El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione esta operación de endeudamiento es atendido por el MEF, con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.
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