AFIN sostiene que todos los terminales que presten servicios portuarios básicos deben operar bajo las mismas reglas y supervisión para garantizar competencia en igualdad de condiciones. Foto: Andina/ Referencial.
AFIN sostiene que todos los terminales que presten servicios portuarios básicos deben operar bajo las mismas reglas y supervisión para garantizar competencia en igualdad de condiciones. Foto: Andina/ Referencial.

La Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional () advirtió que no puede existir y remarcó que la igualdad de trato entre operadores es un principio clave para garantizar la libre competencia y atraer inversiones.

A través de un comunicado, el gremio empresarial saludó el reciente , y enfatizó que cualquier operador que preste servicios portuarios básicos debe someterse a las mismas condiciones que los demás actores del sistema.

AFIN recordó que los puertos concesionados del país han ejecutado inversiones privadas y operan bajo la supervisión del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran) y de la Autoridad Portuaria Nacional (APN). Además, pagan tasas de regulación, cumplen indicadores de desempeño (KPI), están sujetos a fiscalización permanente y pueden ser sancionados administrativa y contractualmente en caso de incumplimiento. También se encuentran bajo un régimen de regulación tarifaria.

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Según el gremio, este marco regulatorio garantiza transparencia, reglas claras y condiciones previsibles para todos los actores del sistema portuario.

En esa línea, precisó que la prestación de servicios portuarios a cambio de una contraprestación constituye una actividad económica regulada, independientemente de la titularidad de la infraestructura, al tratarse de un servicio de uso público. Por ello, sostuvo que cualquier operador que brinde este tipo de servicios debe someterse al régimen de control y supervisión previsto en la ley.

“No puede haber competencia en condiciones desiguales entre terminales públicos y privados ni espacios exentos de regulación cuando se trata de infraestructura que presta este tipo de servicios públicos”, señaló AFIN.

Comunicado de AFIN. Foto: X.
Comunicado de AFIN. Foto: X.

El gremio también subrayó la importancia de preservar la autonomía técnica de Ositran para asegurar reglas claras, previsibilidad y seguridad jurídica. En su pronunciamiento, sostuvo que la función reguladora en la prestación de servicios públicos no constituye una interferencia, sino el ejercicio del rol de árbitro en beneficio de los usuarios, inversionistas y del propio Estado.

Asimismo, reiteró su respeto a las decisiones judiciales, en tanto forman parte del Estado de Derecho. No obstante, consideró que las controversias institucionales deben resolverse dentro de los mecanismos legales previstos, con el fin de preservar el equilibrio del sistema regulatorio y evitar distorsiones en el mercado.

AFIN concluyó que el Perú necesita atraer inversión y consolidar su posición como hub logístico regional. Para ello, remarcó, es indispensable mantener un marco institucional coherente, con igualdad de trato para todos los operadores que prestan servicios portuarios básicos.

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El pronunciamiento de AFIN se produce luego de que la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) informara que evalúa hacer uso de los recursos procesales que la ley le faculta, tras un .

El proceso fue iniciado por el consorcio privado Cosco Shipping Ports Chancay Perú S.A. En su documento del 11 de febrero de 2026, la PCM recordó que, conforme al artículo 63° de la Constitución, la inversión nacional y extranjera está sujeta a las mismas condiciones.

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