¿Piensa retirar su CTS? (Foto: GEC | Hugo Curotto)
¿Piensa retirar su CTS? (Foto: GEC | Hugo Curotto)

El plazo para retirar hasta el 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) vence el 31 de diciembre, de acuerdo al reglamento aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Como parte de las medidas aprobadas por el Gobierno para facilitar liquidez a las familias afectadas económicamente por la pandemia del COVID-19, se encuentra el retiro del total de la CTS, normalmente intangible.

De acuerdo al especialista en finanzas de la Universidad Continental, Ernesto Ortiz, las personas que opten por disponer de este dinero deberían colocarlo en depósitos a plazo fijo.

Ortiz señaló a la agencia Andina que esta opción o los fondos mutuos pueden evitar la pérdida del valor de este fondo por efectos de la inflación, además que fomenta la cultura del ahorro.

Por otro lado, si la intención del ciudadano es ahorrar, recomienda dejar el fondo en la cuenta CTS, ya que esta suele ofrecer un rendimiento mayor a las tasas de interés de los otros tipos de cuenta.

La CTS es un beneficio laboral que tienen los trabajadores en planilla, que funciona como un seguro de desempleo, ya que se libera cuando el vínculo laboral termina.

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