
En el 2026 se elevará el tope máximo de los sueldos de los trabajadores independientes exonerados del pago del Impuesto a la Renta (IR). Los independientes generan rentas de cuarta categoría y dan recibos por honorarios.
El cambio se dará debido a que hace unos días el Ejecutivo dispuso el alza de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) de S/ 5,350 en el 2025, a S/ 5,500 para el 2026.
El alza de la UIT beneficiará tanto a los trabajadores en planilla, como a los independientes, pues se ampliará el rango de exoneración del pago del IR.
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Cómo se calcula el impuesto a pagar por los trabajadores que dan recibos por honorarios
En el caso de los trabajadores independientes, para calcular el IR a pagar se proyecta la suma de todos los ingresos del trabajador durante el año (12 sueldos). Luego, a este ingreso bruto anual se le aplica una deducción (resta) del 20%; y además a este monto se le deducen 7 UIT. Al resultado de esta resta se le aplica el IR.
Cuando las deducciones son iguales o superiores al ingreso anual del trabajador, este queda exonerado del pago del IR. Al subir la UIT el 2026, la deducción de 7 UIT será mayor, lo que generará que se eleve el tope máximo de sueldos exonerados del pago del IR.
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Teniendo en cuenta este factor, los trabajadores independientes que ganen durante todo el 2026 hasta S/ 48,125 o S/ 4,010 al mes no pagarán el IR, según estimaciones realizadas por Gestión.
Cabe recordar que el 2025 el tope de ingresos mensuales exonerados de impuestos fue menor, de S/ 3,901 al mes.
Se espera que en los próximos días el nuevo sueldo máximo exonerado de impuestos para el 2026 sea oficializado por la Sunat, tal como sucede todos los años.
Suspensión de retenciones en los recibos por honorarios
A partir de enero próximo, quienes proyecten que sus ingresos durante el año 2026 por rentas de cuarta categoría o por rentas de cuarta y quinta categoría no superarán los S/ 48,125 podrán solicitar a la Sunat la suspensión de las retenciones en sus recibos por honorarios a cuenta del IR.
También podrán realizar la misma solicitud quienes en un determinado mes del 2026 ganen más de S/ 4,010, pero en el año se proyecta que los ingresos totales serán menores a los S/ 48,125.
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El trámite para solicitar la suspensión de retenciones consta de tres pasos:
-Ingresar a Sunat Operaciones en Línea con su Clave SOL y seleccionar la opción “Mis trámites y Consultas”, disponible en el portal www.sunat.gob.pe.
-Ubicar la sección Otras declaraciones y Solicitudes, “Solicito Suspensión de Retenciones 4ta Categoría” (Formulario Virtual 1609).
-Consignar la fecha en la que se recibió el primer ingreso por rentas de cuarta categoría y el monto total proyectado para todo el año (se debe registrar solo los ingresos de cuarta categoría, como profesional independiente o de cuarta y quinta categorías, si, además, está en planilla).
El sistema de Sunat verificará la información presentada y procederá a autorizar la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta, de corresponder, emitiendo la constancia correspondiente que se podrá enviar al correo electrónico que desee. La suspensión tendrá efecto desde el día siguiente a la fecha del trámite, hasta el 31 de diciembre del año en que se hizo la solicitud.
Los trabajadores independientes que sí pagarán impuestos
Si un trabajador independiente tendrá ingresos anuales por más de S/ 48,125, al monto resultante tras las deducciones señaladas al inicio de esta nota se le aplicará una tasa de IR para determinar el impuesto a pagar.
Así, si el monto resultante se ubica hasta en 5 UIT, se aplicará una tasa de IR de 8% y el resultado será el impuesto a pagar. Para el monto resultante entre las 5 UIT hasta 20 UIT, la tasa del IR será de 14%.
Para el tramo entre las 20 UIT y 35 UIT la tasa de IR será de 17%; para el tramo entre las 35 UIT y 45 UIT la tasa será de 20% y para el tramo superior a las 45 UIT la tasa será de 30%.

Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.








