El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dispuso reajustar las pensiones percibidas por los beneficiarios del régimen del Decreto Ley Nº 20530, para que tengan el aumento de S/ 35, a quienes hayan cumplido 65 años o más al 31 de diciembre de 2022.
Mediante el Decreto Supremo Nº 007-2023-EF, publicado hoy en Normas Legales del diario El Peruano, los beneficiarios de este reajuste no pueden superar el tope anual de 28 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a S/ 138,600, considerando las pensiones mensuales, gratificaciones o aguinaldos, bonificación por escolaridad y cualquier otro concepto.
Asimismo, en caso de percibirse más de una pensión, el reajuste se hace sobre la pensión de mayor monto.
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La norma señala que el pago del aumento de S/ 35 se pagará a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto supremo.
“Las entidades regularizan el abono del reajuste correspondiente a enero de 2023, junto con en el pago de pensiones correspondiente a febrero próximo”, menciona.
En ese mismo decreto supremo se autoriza una transferencia de S/ 70.6 millones a favor de los pliegos del Gobierno Nacional y de diversos gobiernos regionales, para financiar los gastos del reajuste de las pensiones, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del MEF.
Los recursos de la transferencia de partidas no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron autorizados.