Las entidades financieras deberán contar en su portafolio con un producto con seguro de desgravamen y otro sin seguro de desgravamen. (Foto: pixabay)
Las entidades financieras deberán contar en su portafolio con un producto con seguro de desgravamen y otro sin seguro de desgravamen. (Foto: pixabay)

Con la finalidad de proteger los intereses de los usuarios de los y de seguros y como parte de un trabajo permanente de revisar el marco normativo de las entidades bajo su supervisión, la ha publicado un proyecto que plantea modificaciones a los reglamentos de conducta de mercado del sistema financiero y del sistema de en temas relacionados al seguro de desgravamen.

Actualmente, en la contratación de créditos constituye una práctica comercial que las entidades financieras otorguen estos con un seguro de desgravamen para disminuir el riesgo crediticio ante el potencial fallecimiento o invalidez del deudor.

Entre las principales novedades, y siguiendo las prácticas internacionales, la SBS propone que la adquisición del pueda ser una condición en la contratación de los créditos hipotecarios.

LEA TAMBIÉN Castellanos: Si bancos asumen riesgo de mortalidad cobrarán más que aseguradoras

En el caso de los demás productos crediticios (crédito de consumo, tarjetas de crédito, etc.), las entidades financieras deberán contar en su portafolio con un producto con seguro de desgravamen y otro sin seguro de desgravamen (por ejemplo, una sin seguro de desgravamen, crédito de consumo en cuotas sin seguro de desgravamen, etc.). Esta oferta deberá ser informada a los usuarios con la finalidad de que puedan ejercer su derecho a elegir.

Asimismo, se considerará como una práctica abusiva el cobro de la prima por seguro de desgravamen dividida por moneda en las tarjetas de crédito bimoneda. Se precisa que la prima se cobrará únicamente en la moneda de la línea de crédito otorgada por la entidad financiera al cliente.

Con la finalidad promover una mayor transparencia en los cobros y pagos que se realizan entre las y las empresas de seguros, se propone que las entidades financieras, a través de sus portales web, difundan información sobre la prima de desgravamen y el componente que corresponda al cobro por comercialización (que realiza la entidad financiera).

Además, se plantea que las entidades financieras no puedan trasladar a sus clientes cobros distintos a los que correspondan propiamente al cargo del servicio de comercialización del seguro de desgravamen. El traslado de estos cargos al usuario se considerará una práctica abusiva.

El proyecto estará disponible para comentarios y sugerencias de la industria y del público en general hasta el próximo 13 de noviembre.

LEA TAMBIÉN Marthans: “Intereses no deberían subir con eliminación del seguro de desgravamen”
Comienza a destacar en el mundo empresarial recibiendo las noticias más exclusivas del día en tu bandeja Aquí. Si aún no tienes una cuenta, Regístrate gratis y sé parte de nuestra comunidad.