La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) refuerza la supervisión del cumplimiento de la Ley que establece tasas de interés máximas (que cobran las entidades financieras para los créditos de consumo y micro y pequeña empresa o mypes).
Así, la SBS incorporó un nuevo reporte en el manual de contabilidad de las empresas del sistema financiero, denominado Reporte 36-A “Detalle de aplicación de tasas de interés para operaciones no revolventes de los créditos de consumo, microempresa y pequeña empresa”.
Ello lo hizo mediante resolución publicada hoy, cuyo objeto es reforzar la supervisión del cumplimiento de la Ley 31143, Ley que protege de la usura a los consumidores de servicios financieros.
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¿Quién fija topes a tasas de interés de créditos?
A través de este reporte se recopilará la información necesaria para la evaluación del cumplimiento de las disposiciones sobre tasas de interés máximas compensatorias y moratorias cobradas por las empresas del sistema financiero a sus clientes, para posteriormente tomar las medidas que correspondan, indicó.
La Ley 31143 encarga a la SBS la vigilancia y supervisión de la correcta aplicación del límite fijado por el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) sobre las tasas de interés de las operaciones de créditos de consumo y préstamos a las mypes otorgados por las empresas del sistema financiero; operaciones que están sujetas a la aplicación de tasas de interés máximas.
Recientemente, el instituto emisor elevó el tope a las tasas de interés de los crédito en soles a 101.86%.
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Reporte semestral
La norma dispone que el Reporte 36-A debe ser remitido semestralmente por las entidades del sistema financiero, incluyendo el Banco de la Nación (BN) y el Banco Agropecuario, dentro de los 45 días calendario siguientes a la fecha de cierre de cada período, mencionó.
La información remitida a través de este reporte debe corresponder únicamente a las operaciones no revolventes desembolsadas a partir de la vigencia de la circular 008-2021-BCRP.
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