La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) declaró el sometimiento de la cooperativa de ahorro y crédito Apoyo Financiero Arequipa a régimen de intervención por la pérdida total de su capital social.
Además, declaró la disolución de las siguientes cuatro Coopac por encontrarse incursas en la causal de inactividad, y las excluyó del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito:
- Cooperativa de ahorro y crédito Progresa Peruano
- Cooperativa de ahorro y crédito Invercapital
- Cooperativa de ahorro y crédito Cristo Rey Ltda
- Cooperativa de ahorro y crédito Tconfia
La norma indica que la inactividad se acredita, entre otros, cuando las cooperativas cierran su local principal sin dar cuenta a la SBS por un periodo de 15 días calendarios continuos o 30 días calendarios discontinuos en el plazo de un año.
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Coopac Apoyo Financiero Arequipa
La SBS dispone la intervención de la cooperativa Apoyo tras haber reportado al tercer trimestre del 2023 un patrimonio negativo ascendente a S/ 776,767.33, con el fin de proteger los intereses de los socios de la Cooperativa, en la medida que no se cuenta con seguridad razonable para que la devolución de sus ahorros se concrete, conforme a las condiciones en que se hubieren pactado.
Asimismo, se designa a Gisela Rosa Neyra Quispe y a Pierina Alvisy Llanos Romero, funcionarias de esta Superintendencia, como interventoras, principal y alterna respectivamente, para que realicen los actos necesarios para llevar adelante la intervención.
Coopac Progresa Peruano
Progresa Peruano no ha cumplido con remitir sus estados financieros correspondientes a los periodos comprendidos entre marzo de 2023 y diciembre de 2023, incurriendo en causal de inactividad.
Se designa a Anthony Andrés Damian Nolazco y a Leslie Maxciel Escobar Farfán, como administradores temporales, principal y alterno respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Progresa Peruano en disolución.
Coopac Invercapital
Invercapital se encuentra incursa en la causal de inactividad -descrita en el subnumeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del Reglamento de Registro-, dado que no ha remitido sus estados financieros por dos periodos consecutivos en el plazo de un año.
Se designa a Rocío La Rosa León y a Edwin Florentino Chávez Collazos, como administradores temporales, principal y alterno, en cada caso.
Coopac Cristo Rey Ltda
Cristo Rey Ltda atravesó una situación similar pues no ha remitido sus estados financieros por dos periodos consecutivos en el plazo de un año, lo que implica que la Superintendencia declare la disolución de la COOPAC y designe un administrador temporal que asuma su representación.
Se designa a Kimerly Luz Judith Benavente Rubina y a Ingrid Vanessa Escobar Ramirez, como administradoras temporales, principal y alterna, respectivamente.
Coopac Tconfia
Tconfia no ha cumplido con remitir sus estados financieros correspondientes a los periodos comprendidos entre marzo de 2023 y diciembre de 2023
Se designa a Edwin Florentino Chávez Collazos y a Rocío La Rosa León como administradores temporales, principal y alterna, respectivamente, de la cooperativa en disolución.
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