El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) se opone a la propuesta de usar parte del IGV para la generación de una pensión de jubilación.
“Si se busca beneficiar a los consumidores afiliados a un sistema de pensiones a través de las compras que realizan, el IGV no es el mecanismo”, dijo Zósimo Pichihua, viceministro de Economía. Pero esto no descarta el uso de otras herramientas tributarias con ese fin, añadió.
Comentó que el IGV es el mecanismo de recaudación más efectivo, pero es también el impuesto más regresivo y, así, aplicar una devolución con fines previsionales solo terminaría favoreciendo a los aportantes de mayores ingresos.
“Los afiliados (a fondos de pensiones) con montos más grandes quizá no necesiten este beneficio porque ellos tienen sus propios ahorros”, acotó.
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¿Qué preocupa al MEF de la propuesta de usar IGV parar aumentar fondos de pensiones?
Según Miryam Yepes, de la Dirección de Inteligencia Económica y Optimización Tributaria de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del MEF, las obligaciones tributarias de los ciudadanos de bajos ingresos son, en promedio, 50 veces inferiores a las que pagan los del segmento más alto.
Así, una persona que laboró desde los 18 hasta los 65 años, periodo en que aportó a su fondo previsional, recibiría una pensión de S/ 150 si tiene ingresos promedio de S/ 1,500; la cual sería de S/4,000 si su remuneración es de S/ 20,000, detalló.
La especialista advirtió la preocupación del Ejecutivo frente al nulo cálculo del costo fiscal de las propuestas presentadas en el Congreso, vinculadas con instrumentos tributarios en favor de los fondos previsionales.
“El costo de los siete proyectos registrados iría desde los S/ 1,000 millones hasta los S/ 11,000 millones; sacar ese dinero para beneficiar pensiones de gente que tiene más recursos sí es algo que nos preocupa”, manifestó.
Ambos representantes participaron en la Comisión de Economía del Congreso, en la que brindaron estas declaraciones.
¿Existe el crédito fiscal para consumidores?
Por su parte, Pichihua refirió que el usuario que adquiere un producto no está obligado a declarar y pagar el impuesto, pues quien lo debe hacer es la empresa o persona con negocio. Por lo tanto, en el registro no aparece el DNI de los ciudadanos -a quienes se desea beneficiar-, sino el RUC de la compañía, acotó.
Entonces, el concepto de crédito fiscal -que es el saldo a favor del contribuyente al declarar impuestos- no es compatible con el consumidor tradicional, sino que solo beneficia a las empresas, precisó.
En tanto, Víctor Valdez, socio de Rebaza Alcázar y De Las Casas, coincidió en señalar que es difícil implementar una medida de este tipo, pues no hay un crédito fiscal para los consumidores. Estos no llevan un registro de compras y los comprobantes de pago que reciben no discriminan pago de IGV, añadió.
Un mecanismo más justo podría ser la devolución de parte del Impuesto a la Renta, pues está vinculado con el RUC del contribuyente, e incluso hay registro electrónico, planteó.
Yepes, del MEF, enfatizó que Perú es un país con elevado incumplimiento tributario, de IGV e Impuesto a la Renta. “No todas las transacciones en las que el usuario paga su impuesto cumplen con canalizarse al Estado, porque hay operaciones falsas, incapacidad operativa y morosidad de los contribuyentes”, detalló.
Advirtió que con las propuestas de utilizar parte de los impuestos pagados para engrosar el fondo de pensiones, se originaría un problema pues se estaría asignando un IGV que es posible que no llegue al Estado, usándose recursos que aún no se tienen.
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