La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó recientemente un proyecto que busca establecer las disposiciones para reglamentar la aprobación de comisiones y gastos que aplicarán las empresas del sistema financiero en los productos que ofrecen a los usuarios.
Una de las principales disposiciones incluye aquellos cargos que no se adecuan a los criterios del reglamento de conducta de mercado para tener la calidad de comisiones o gastos como son los cobros interplaza por el retiro de dinero.
Así, las entidades financieras ya no podrían añadir cargos a los clientes por disponer de efectivo a través de un cajero automático del propio banco o en ventanillas de atención en una localidad distinta a la ciudad donde se abrió la cuenta.
Esta es una medida que beneficiará a muchos usuarios porque es una reducción en el costo de la transacción e iría en línea con otras reducciones de cobros que hicieron algunos bancos durante la pandemia, no solo por ley, dijo Edmundo Lizarzaburu, profesor de la carrera de Administración y Finanzas de la Universidad Esan.
Sin embargo, si bien las entidades no cobrarán esas comisiones, buscarán la forma de mantener sus indicadores pues son una empresa privada y desearán ser rentables, señaló
“Toda reducción de cobro financiero favorece al cliente pero representa un reto para la entidad”, agregó.
Según el docente, son diferentes costos fijos los que la entidad bancaria debe cubrir como alquiler, limpieza, servicio de luz y agua.
Además, el Perú cuenta con distintas zonas geográficas, con vías complicadas, en las que el banco debe asegurar que su cliente acceda a su dinero mediante un cajero o agente, lo cual también significa un gasto, agregó.
Refirió que esta pandemia ha demostrado la capacidad de la banca de poderse aliar con otras entidades para generar eficiencias, la cual seria utilizada para compensar la reducción en dichos cargos por retiros interplaza.
Entre otros cargos a anularse están el cobro por la evaluación, administración o gestión de póliza endosada, el seguro de desgravamen como condición para contratar un producto crediticio, la asesoría financiera vinculada con la oferta y la comercialización o ejecución de un contrato de productos o servicios financieros.
El proyecto estará en periodo de recepción de comentarios hasta el 12 de noviembre, tras lo cual se incorporarían algunas observaciones, de ser el caso, para ser publicado.