La Compensación por Tiempo de Servicios, mejor conocida como CTS, es el dinero que tu empleador deposita a una cuenta bancaria con características especiales. Todo aquel que se encuentra en planilla y, que trabaja como mínimo cuatro horas diarias, tiene derecho de recibir esta bonificación. ¿Sabes cómo calcular el monto de CTS que te corresponde? Gestión te explica paso a paso cómo lograrlo.
La CTS es un beneficio social que tiene como objetivo proteger al trabajador de las contingencias que pueden originarse como consecuencia del cese en el trabajo. Cabe señalar que todas las organizaciones tienen un plazo máximo hasta el 15 de noviembre para realizar el segundo y último depósito anual que en la actualidad tiene libre disponibilidad. ¿Quiere conocer más sobre este beneficio laboral? Entonces saque su calculadora y conozca cuánto le corresponde.
La CTS está pensada como forma de ahorro que usaremos cuando nos quedemos sin empleo. Por ello, es importante conocer la entidad financiera que pague mayores intereses por ella. Utiliza el comparador de CTS y verás cuánto te paga cada entidad por tu depósito.
¿Qué es la CTS?
La CTS es un beneficio laboral que otorga la empresa a cada empleado de su planilla. Esta ayuda tiene como finalidad proteger al trabajador en el momento que termine su relación laboral. Hay tomar en cuenta que estos depósitos se hacen dos veces al año. El primer pago es en mayo y el segundo pago en noviembre. Cabe señalar que el importe asignado varía según el régimen laboral de la empresa en la que uno labora.
¿Cuánto y cómo se paga la CTS?
La CTS equivale, en promedio, a una remuneración anual, la cual debe ser depositada por el empleador en favor del trabajador en dos partes de 50 % cada una.
- El primer depósito debe hacerse hasta el 15 de mayo y, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), abarca periodos de trabajo de noviembre a abril.
- El segundo desembolso tiene plazo hasta el 15 de noviembre y comprende el periodo de mayo a octubre.
¿Cómo calculo el dinero que recibiré en noviembre?
De esta manera puedes calcular cuánto recibirás por tu CTS, de acuerdo con lo que explicó el associate partner del Área Laboral de EY Perú, Mauricio Matos, a la agencia Andina:
- Si el trabajador percibe una remuneración principal imprecisa o variable, la CTS será el resultado del promedio del sueldo percibido por el trabajador en los seis meses que comprende cada periodo. Esto quiere decir que se promedia el salario de noviembre a abril (para la CTS de mayo) o de mayo a octubre (para la CTS de noviembre).
- Si el trabajador percibe una remuneración fija, pero tiene una remuneración complementaria imprecisa o variable (por ejemplo, percibe horas extras) estos montos serán incluidos en el cálculo siempre y cuando hayan sido percibidos 3 o más veces en el periodo de noviembre del año anterior a abril (para la CTS de mayo) o en el periodo de mayo a octubre (para la CTS de noviembre), en cuyo caso los conceptos se suman y se dividen por 6.
- Para calcular el monto, toma en cuenta tu sueldo mensual, luego súmale 1/6 de la gratificación (divide tu gratificación entre seis). Ese monto, divídelo entre 360 y luego multiplícalo por los días laborados (para todo el semestre, serían 180).
Ejemplo de cómo calcular el monto de CTS a recibir
De acuerdo con el portal Comparabien, así puedes calcular:
- Si tu sueldo básico es de S/ 1,500, debes agregarle 1/6 de gratificación (S/ 250). La suma total es S/1,750
- Sueldo más 1/6 de gratificación entre 360 días: 1,750/360 = 4.86
- Monto obtenido anteriormente por cantidad de días trabajados (si laboró un semestre completo, se multiplica por 180) = 4.86 * 180 = S/ 874.8
- Lo que recibirás de CTS sería S/ 874.8 aproximadamente.
NOTA: En algunos casos se le sumarán horas extras, comisiones o los bonos recibidos por el trabajador. Esto dependerá del régimen laboral en el que se encuentre.
¿Quiénes reciben el pago de CTS?
- Los empleados del régimen privado que trabajan, como mínimo, una jornada de cuatro horas diarias.
- Trabajadores de pequeñas empresas que reciban 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios. El máximo de remuneraciones diarias es de 90.
- En el caso de los trabajadores agrarios, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico. No obstante, el colaborador puede solicitar el abono de forma diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
- Los trabajadores del hogar han sido incluidos recientemente. A ellos se les deberá abonar la CTS en las mismas condiciones que el régimen laboral común.
¿Cómo puedo verificar si me depositaron el monto correcto de CTS?
De acuerdo a Mauricio Matos, Associate Partner del Área Laboral de EY Perú, el empleador tiene la obligación de otorgar una liquidación de cálculo de la CTS a cada trabajador, así como acreditar el depósito en la cuenta del sistema financiero escogida por el trabajador.
Para dicho cálculo, se toma como referencia la remuneración percibida por el trabajador al 30 de abril o al 30 de octubre, dependiendo de si se trata del depósito de mayo o del depósito de noviembre respectivamente.
El especialista sostuvo que, en ambos casos, la CTS a depositar equivale al 50% de dicho monto en cada oportunidad. Agregó que debe incluirse también 1/6 de la gratificación del periodo correspondiente.
¿Qué pasa si la empresa no me deposita la CTS?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) indica que si el empleador no deposita la CTS, o no hace el abono completo ni dentro de la fecha, esto se considera una infracción grave pasible de ser sancionada con montos considerables:
- Pequeña empresa: la multa va de 0.45 a 4.50 unidades impositivas tributarias (UIT), entre S/2,070 y S/20,700.
- Empresas no Mype: la sanción monetaria va entre los 1.57 a los 26.12 UIT, lo que equivale a montos entre los S/7,222 y los S/120,152.
¿Por qué es importante contar con CTS?
La CTS cumple un rol fundamental de cobertura de contingencia del desempleo del trabajador. Este dinero funciona como un seguro de desempleo, que permite que el trabajador acceda a su fondo en tanto consiga otro empleo o desarrolle una actividad que le genere ingresos.