Conoce cómo acceder a una pensión por invalidez, a través de tu AFP  (Foto: Pixabay)
Conoce cómo acceder a una pensión por invalidez, a través de tu AFP (Foto: Pixabay)

¿La AFP otorga ? Así es. (SPP) otorga este beneficio a los afiliados o sus beneficiarios en caso de que, por accidente o enfermedad, presenten la pérdida o disminución en su capacidad para trabajar en un porcentaje igual o mayor al 50%.

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Este tipo de pensión puede suponer hasta el 70 por ciento de tu sueldo actual, de acuerdo el resultado de la evaluación del Comité Médico de las AFP (COMAFP). La Asociación de AFP dio a conocer a este medio cuáles son los requisitos y el procedimiento para acceder a este tipo de pensión, así cómo qué hacer si no estás de acuerdo con el informe médico sobre tu condición. A continuación, todo lo que necesitas saber.

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¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER A UNA PENSIÓN DE INVALIDEZ DE SU AFP?

Para poder acceder a una en el Sistema Privado de Pensiones (SPP), informó la Asociación de AFP se necesitan los siguientes requisitos:

  • Estar afiliado al SPP.
  • No estar recibiendo pensión de jubilación
  • Tener menos de 65 años
  • Ser declarado en situación de invalidez por parte de un Comité Médico del SPP.

¿QUÉ PASOS HAY QUE SEGUIR PARA TENER UNA PENSIÓN DE INVALIDEZ?

La Asociación de AFP indica qué trámites se deben realizar para acceder a la pensión por invalidez. En la siguiente nota, encontrará todos los detalles.

  • Presentar solicitud ante su AFP: El afiliado debe presentar ante su AFP la solicitud de evaluación y calificación de invalidez (SECI), así como los documentos que sustenten su condición de invalidez. La AFP hará un expediente con la documentación que haya presentado el afiliado y lo remitirá al Comité Médico de las AFP ().
  • Evaluación: el COMAFP empezará un proceso por el cual se encargará exclusivamente de evaluar y calificar, en primera instancia, la condición de invalidez del afiliado. El afiliado pasará por exámenes e interconsultas, así como por una evaluación presencial o virtual. Además, podrá hacer seguimiento al estado de su SECI en cualquier momento y lugar, vía COMAFP digital.
  • Dictamen: el COMAFP emitirá un dictamen en el que se indicará el grado y la naturaleza de la invalidez, así como la fecha de ocurrencia (fecha en la que el afiliado alcanzó la condición de invalidez).
  • Pensión: Si el dictamen señala que el afiliado califica para invalidez, este tendrá derecho a acceder a la pensión y podrá presentar ante su AFP la solicitud de pensión de invalidez.

¿CÓMO SE ESTABLECE EL MONTO DE LA PENSIÓN POR INVALIDEZ?

El informe del Comité Médico de las AFP (COMAFP) contribuye a establecer el monto de la pensión del afiliado y determinar si cuenta con la cobertura del seguro de invalidez. Así, si el afiliado accede a la pensión de invalidez y la cobertura está activa, una compañía aseguradora realizará un aporte adicional para que pueda contar con una mayor pensión, la cual puede ser de hasta el 70% de la remuneración mensual del afiliado (promedio de las remuneraciones percibidas o rentas declaradas en el trascurso de los 48 meses anteriores a la fecha de ocurrencia del siniestro actualizadas por la inflación –IPC–).

Conoce los grados de invalidez y cuánto corresponde (Foto: Asociación de AFP)
Conoce los grados de invalidez y cuánto corresponde (Foto: Asociación de AFP)

¿QUÉ PASA SI LA COBERTURA DEL SEGURO NO ESTÁ ACTIVA?

Si cuando sufres la invalidez, la cobertura del seguro no estuviese activa, no pierdes la posibilidad de acceder a una pensión, pero el monto de dicha pensión se calculará sobre el total de tu fondo acumulado.

¿QUÉ PASA SI EL AFILIADO NO ESTÁ DE ACUERDO CON EL INFORME MÉDICO DE LA AFP SOBRE INVALIDEZ?

  • Si el afiliado no está de acuerdo con el dictamen del COMAFP, tiene derecho a presentar, en un plazo no mayor a 15 días hábiles de haber recibido su dictamen, lo siguiente:
  • Recurso de reconsideración: enviar una carta simple al COMAFP, para que revise y ratifique o modifique dicho dictamen. Solo se presenta si existe una prueba nueva.
  • Recurso de apelación ante el Comité Médico de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (): se presenta si el afiliado no está conforme con uno o más aspectos de la calificación de invalidez (grado, naturaleza, fecha de ocurrencia, periodo de vigencia, diagnóstico, entre otros) contenidos en el dictamen vigente emitido por el COMAFP. El COMEC dictaminará en última instancia.

¿CÓMO ME PUEDO COMUNICAR CON MI AFP PARA SOLICITAR MI SEGURO DE INVALIDEZ?

Puede hacerlo a través de los siguientes canales de atención:

AFP Habitat

Contact Center Lima (01) 230-2200 y provincia 0801-14-224

Correo:

AFP Integra

Línea para trámites (01) 391- 3656

Correo:

Prima AFP

Web:

Correo:

Profuturo AFP

Web:

Correo: