La multa por realizar actividades comerciales en la vía pública sin autorización municipal asciende a S/1,485 (Foto: Referencial / Pixabay)
La multa por realizar actividades comerciales en la vía pública sin autorización municipal asciende a S/1,485 (Foto: Referencial / Pixabay)

La mediante un decreto municipal oficializó la prohibición del lavado de parabrisas y otros servicios en la vía pública. ¿Cuánto debo pagar si infrinjo esta ordenanza?

El artículo de la ordenanza precisa que la actividad ambulatoria del lavado de parabrisas se encuentra catalogado como una actividad prohibida dentro de la jurisdicción del distrito de Surco, presidido por el alcalde

La ordenanza indica que la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa y la Subgerencia de Operaciones de Seguridad Ciudadana realizarán operativos junto con la para evitar que la actividad se desarrolle dentro de la jurisdicción. Si encuentran la participación de menores de edad, intervendrán otras entidades del Estado.

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Esta medida se adopta luego del anuncio del asesinato del taxista peruano Gian Marco Caro Nuñez, quien fue apuñalado por el ciudadano venezolano José Girón, luego de negarse a pagar la limpieza de su vehículo. Ante ello, el alcalde Rafael López Aliaga, anunció que solicitará que se prohíba este trabajo en todo Lima, así como lo hecho por su parte por la Municipalidad de Surco.

¿Cuánto debo pagar por infringir esta ordenanza?

Según el Decreto de la Alcaldía N°08-2023-MSS, tanto las personas que brinden este servicio como las que lo soliciten, deberán recibir una sanción. Las multas para estos casos serán aplicadas así:

Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de Santiago de Surco
Código de infracción Descripción de la infracción Gradualidad % UIT Medida Correctiva Plazo de regularización
A-051 Por realizar actividades comerciales en la vía pública
sin autorización municipal.
Grave 35% (S/1,732.5) Retención/Decomiso No aplica
N-001 Al propietario por realizar o permitir a terceros que se
realice el lavado de su vehículo en la vía pública.
Leve 10% (S/495) No aplica
Fuente: Decreto de Alcaldía N° 08-2023-MSS
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