La Superintendencia Nacional de Educación (Sunedu) precisó que, a partir del período académico 2024, las universidades, bajo responsabilidad, se encuentran prohibidas de ofertar, crear o admitir estudiantes en programas de pregrado con un componente de 100% de virtualidad.
“Precisar que, a partir de la entrada en vigencia de la Resolución del Consejo Directivo N° 138-2022-SUNEDU/CD se eliminó la excepción planteada en el numeral 4.3 de las Disposiciones relacionada con la población adulta mayor a 24 años y la posibilidad de usar entornos con un componente de 100% de virtualidad”, indica la Resolución del Consejo Directivo 00006-2024-SUNEDU-CD, publicado hoy en el diario El Peruano, se oficializa esta medida.
Asimismo, que todos los programas de pregrado en la ‘modalidad a distancia’ mantienen un componente presencial, con excepción de aquellos programas que son diseñados especialmente para los internos de los establecimientos penitenciarios del territorio nacional.
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Como se recuerda, a inicios de diciembre del año pasado, la Sunedu modificó las disposiciones para la prestación del servicio educativo bajo las modalidades semipresencial y a distancia.
En esa oportunidad se dispuso que los programas presenciales solo podrán incluir apoyos virtuales hasta un máximo de 20% del total de los créditos. Mientras que en el caso de los programas semipresenciales solo podrán tener hasta un máximo de 60% del total de créditos.
En ambos casos, los créditos desarrollados en entornos virtuales deben establecerse principalmente para el desarrollo de las asignaturas teóricas y/o de estudios generales.
Asimismo, se establece que en el caso de los programas a distancia o no presenciales el límite de créditos virtuales será de 80%, con excepción de los programas destinados a la población penitenciaria.
De esta manera se terminaba el 100% de virtualidad en los programas de pregrado.