Desde hace tres años, un grupo de trabajo designado por el Ejecutivo ha estado elaborando un proyecto de modificación del Código Civil, la norma legal que rige todo el derecho privado en el país y considerada por muchos la segunda norma más importante luego de la Constitución.
Este proyecto que busca modificar alrededor de 300 artículos del código, derogar 110 e introducir 50 nuevos se ha culminado este año y pronto será presentado al nuevo Congreso para que se realice los cambios que el grupo de trabajo considera necesarios para abordar la nueva realidad peruana.
Entre las modificaciones propuestas, se encuentra la creación de una “reparación para el cónyuge inocente” en casos de divorcio. Lo que se propone es que el cónyuge a quien el divorcio le produce un empeoramiento de su situación económica, tiene derecho a una compensación por parte de su antigua pareja. Esta puede pagarse con dinero, con el usufructo de bienes o de cualquier otro modo que se acuerde con el juez, explicó a Gestión Enrique Varsi, miembro del grupo de trabajo del proyecto.
Asimismo, el proyecto señala que el juez puede decidir que se realice mediante un pago único, mediante una serie de pagos en un tiempo determinado o, excepcionalmente, por plazo indeterminado. Es decir, hasta la muerte del cónyuge afectado económicamente.
Diferente
Este eventual pago es distinto del que resarce el daño moral del cónyuge afectado así como el de de alimentos que puedan fijarse y que ya rigen con el código actual. Varsi comenta que los pagos por alimentos solo están hechos para “cubrir las necesidades esenciales del cónyuge afectado”, mientras que la reparación se da en caso de daños ocasionados. Esta nueva compensación “busca ser un sostén para el futuro económico del cónyuge”, precisa.
“En el caso de que un marido haya dejado de trabajar 15 años para apoyar a su esposa más exitosa que él”, pone de ejemplo Varsi, “la cónyuge deberá realizar un pago a su esposo quien, con 15 años fuera del mercado laboral, no tendrá las mismas oportunidades que tenía anteriormente”.
Monto
El experto señala que para poder fijar el monto se deberán analizar varios factores, como son la dedicación que cada cónyuge brindó a la familia; la edad y salud de cada cónyuge; la capacitación laboral y la posibilidad de acceder a un empleo del cónyuge que solicita la compensación económica.