Iniciativa legislativa señala que  algunos operadores del derecho interpretan que el término “entidades privadas” no incluye a las iglesias cristianas evangélicas,  (Foto: Andina)
Iniciativa legislativa señala que algunos operadores del derecho interpretan que el término “entidades privadas” no incluye a las iglesias cristianas evangélicas, (Foto: Andina)

La congresista Milagros Jáuregui () presentó un proyecto de ley que autoriza al o gobiernos regionales a suscribir acuerdos con iglesias cristianas evangélicas para la gestión de instituciones educativas públicas de la educación básica.

“La finalidad de la ley es precisar que las Iglesias Cristianas Evangélicas pueden suscribir convenios para gestionar o administrar las instituciones educativas públicas de la Educación Básica”, precisa la iniciativa legislativa.

La propuesta modifica el 71 de la Ley 28044,  Ley General de Educación, el cual señala los tipos de gestión de las instituciones educativas. Ley General de

Jáuregui, miembro de una iglesia cristiana evangélica, advierte la poca precisión tanto de dicho artículo, como del artículo 130 de su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo 011- 2012-ED, respecto a qué entidades privadas sin fines de lucro pueden gestionar instituciones educativas públicas, “ha permitido que se venga interpretando en estas disposiciones en forma distinta en todo el país”.

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Señaló que si bien el reglamento se refiere a las entidades sin fines de lucro como a la y entidades privadas en forma general, al momento de aplicar estas disposiciones se realiza en forma literal, interpretando que sólo la iglesia católica es competente para suscribir convenios y ninguna otra confesión religiosa.

Asimismo, mencionó que algunos operadores del derecho interpretan que el término “entidades privadas” no incluye a las iglesias cristianas evangélicas, ya que sólo se permitiría suscribir convenios con una única confesión religiosa, la católica.

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El problema de interpretación literal de la norma, indicó, va de la mano del principio de legalidad, que obliga a los funcionarios públicos a actuar en el marco de lo que dispone la ley.

“Por estos argumentos, es necesario modificar el artículo 71 de la Ley 28044, Ley general de Educación con la finalidad de hacer más precisa aún la aplicación de las normas”, precisa la iniciativa en su exposición de motivos.

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