A través de una resolución emitida en la víspera, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) reguló el uso de las patinetas eléctricas -conocidas como scooters- las cuales vienen registrando un creciente uso en nuestro país.
Así, establece que estarán “prohibidas” de circular sobre las aceras (veredas), pasajes, áreas verdes y pasos peatonales.
Las patinetas eléctricas (scooters) deberán circular en la pistas, en el carril más cercano a la vereda o en la ciclovía, en caso esta exista. La resolución refiere que circularán “en estricto por el carril derecho de la calzada de las calles y jirones, o en su defecto, el carril más cercano de la acera o ciclovías de las mismas”.
La norma incorpora este nuevo tipo de vehículos al Reglamento Nacional de Vehículos, y además les fija un límite de velocidad máxima:
“Vehículos de Movilidad Personal (VMP): También llamados Vehículos de Movilidad Urbana. Es aquel vehículo equipado con un motor eléctrico que permite su propulsión a una velocidad máxima de construcción de hasta 25km/h. Dicho vehículo por su diseño y características solo permite el desplazamiento de una (1) persona o usuario. Se consideran VMP a las patinetas, monopatines, monociclos, vehículos autoequilibrados, los cuales no son vehículos automotores o ciclomotores”.
Para conocer la resolución completa emitida por el MTC puede hacer click en este enlace.
Cabe recordar que el uso de este tipo de patinetas eléctricas (scooters) hace unos días ocasionó un atropello en Lima.