El Poder Ejecutivo publicó la ley que dispone brindar información de los alimentos que no contienen gluten para que los consumidores, en especial aquellas personas que padecen de celiaquía, intolerancia o alergia al gluten, adopten decisiones de consumo informadas.
Se trata de la Ley 31881, publicada hoy en el Boletín del Diario El Peruano. Como se recuerda, a finales de agosto pasado, el Pleno del Congreso aprobó, por unanimidad, el dictamen. Obtuvo 113 votos, es decir, por unanimidad.
Al sustentar el dictamen, en aquella oportunidad, el congresista Wilson Soto Palacios (AP), presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, dijo que se busca brindar información de los alimentos que no contienen gluten para que los consumidores, en especial aquellas personas que padecen de celiaquía, intolerancia o alergia, adopten decisiones de consumo informadas.
LEA TAMBIÉN: Estas son las regiones que concentran el mayor número de personas con diabetes
LEA TAMBIÉN: COVID-19 en Perú: ¿qué vacuna se aplicará ante presencia de variante EG.5 ?
¿Qué dispone la norma?
Entre los requisitos señala que los alimentos que se etiqueten como “libre de gluten” o “sin gluten” deben cumplir con las condiciones que se fijan en el reglamento de la presente ley para que sean calificados como tales. Asimismo, dice que los fabricantes deben contar con un programa de buenas prácticas de fabricación, establecida por la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa) del Ministerio de Salud (Minsa).
El dispositivo legal precisa que el Minsa autoriza consignar en los envases, recipientes, envoltorios o etiquetas de los productos que no contienen gluten el símbolo de una espiga barrada dentro de un círculo, conforme a las características que señale el reglamento de la presente ley, sin perjuicio de las inspecciones y análisis que, en cualquier momento y sin necesidad de aviso previo, pueda disponer dicho ministerio.
Sanción
El incumplimiento de lo establecido en los artículos 2 y 3 es sancionado por las normas sectoriales del Ministerio de Salud (Minsa) y la sanción es graduada en función de la gravedad de la falta, considerándose agravantes especiales la reiteración en la omisión y el hecho de que el producto tenga características de alta difusión y consumo.
Publicidad
En cuanto a publicidad de los alimentos que no contienen gluten, la autoridad encargada del cumplimiento de lo establecido en la presente ley es la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) y las respectivas comisiones de las oficinas regionales en las que se hubieran desconcentrado sus funciones, aplicando para el efecto lo establecido en el Decreto Legislativo 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal.
Disposiciones complementarias
Entre las disposiciones complementarias de la citada ley, se declara de interés nacional el estudio y la investigación clínica y epidemiológica de la enfermedad celíaca, así como la capacitación profesional en la detención temprana, diagnóstico y tratamiento de dicha enfermedad, para plantear políticas públicas que contribuyan a tomar mejores decisiones en favor de la salud de las personas
Como segunda disposición se señala que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, está a cargo del reglamento donde reglamenta la forma, condiciones y procedimientos de las autorizaciones e inspecciones a que refieren los artículos 2 y 3, y lo referido a la sanción que se dispone en el artículo 4, en un plazo no mayor de 60 días calendario contados a partir de la vigencia de la presente ley, bajo responsabilidad.
En tanto, la tercera disposición complementaria dice que los proveedores, distribuidores o comerciantes, así como los productores o fabricantes, importadores o prestadores, y las empresas de alimentos se adecúan a lo dispuesto en la presente ley en un plazo de 180 calendario contados a partir de la vigencia de la presente ley.
¿Qué es el gluten?
El gluten es un conjunto de proteínas presentes en semillas de cereales como el trigo, el centeno y la cebada. En ese orden de ideas, el gluten está presente en alimentos de consumo diario como panes, galletas, tostadas, pastas, salvado de trigo, cuscús, entre otros.
La evidencia científica expone que aquellas personas que tienen trastornos originados por la ingesta de gluten, presentan síntomas gastrointestinales y extraintestinales.