Tribunal Constitucional. (Foto: GEC)
Tribunal Constitucional. (Foto: GEC)

La Segunda Sala del ordenó que sea de acceso público el acuerdo de , un grupo de exejecutivos de dicha empresa brasileña con la Fiscalía peruana y la Procuraduría AD HOC del caso Lava Jato.

Así lo resolvió esta sala del máximo intérprete de la Constitución al declarar fundada una demanda de habeas data contra los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez Gómez, del Equipo Especial de la Fiscalía para los casos Odebrecht y Lava Jato, por haberse vulnerado el derecho fundamental de acceso a la información pública.

Resolución

En la resolución, el TC declaró fundado la demanda interpuesta por Phillip Butters Rivadeneira contra la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro por haberse vulnerado, según se indicó, el derecho fundamental de acceso a la información pública.

“Es igualmente relevante recordar que cualesquiera sean las razones que hayan llevado a establecer el carácter reservado de un proceso, una vez que este ha culminado, al contar con sentencia firme o ejecutoriada, permite que se recobre su carácter público conforme al artículo 139, inciso 4 de la Constitución”, se argumentó en el documento.

En la resolución, la sala ordena a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro que entregue en un plazo no mayor de 5 días hábiles, una copia del Acuerdo de Beneficios y Colaboración Eficaz de fecha de 2019 y el Acuerdo Complementario de fecha 20 de mayo de 2019 que suscribió Fiscalía, la constructora Odebrecht, además de los colaboradores Jorge Simoes Barata, Ricardo Boleira Sieiro, Renato Ribeiro Bortoletti y Antonio Nostre.

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