El presidente Martín Vizcarra convocó a elecciones parlamentarias para el próximo 26 de enero. (Foto: GEC)
El presidente Martín Vizcarra convocó a elecciones parlamentarias para el próximo 26 de enero. (Foto: GEC)

El presidente Martín Vizcarra disolvió el Parlamento hace dos semanas y convocó a elecciones congresales para el 26 de enero del próximo año.

Pese a que se esperaba que el Ejecutivo fije las reglas que regirán en los próximos comicios en el Decreto de Urgencia N° 002-2019 publicado el miércoles pasado, ello no fue así.

El Gobierno decidió que sea el Jurado Nacional de Elecciones () el que se encargue de dicha tarea. Y así fue. En su sitio web, el órgano electoral publicó el reglamento para postular al nuevo Congreso con normas de las elecciones de 2016.

Las reglas

¿Qué dice sobre los requisitos? El JNE señala que el candidato debe ser peruano de nacimiento, tener como mínimo 25 años, gozar del derecho de sufragio y estar inscrito en el Reniec.

El ente electoral también indica que no podrán postular los ministros y viceministros de Estado, el contralor, gobernadores regionales, miembros del Tribunal Constitucional así como del Poder Judicial y el Ministerio Público.

Tampoco serán candidatos el defensor del Pueblo, presidente del Banco Central de Reserva, el Superintendente de Banca y Seguros, el Superintendente de Sunat y los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía en actividad.

Caso Odebrecht

No hay más restricciones para postular, por lo que los investigados por lavado de activos, corrupción de funcionarios, narcotráfico, minería ilegal o los sentenciados por estos delitos están facultados para pretender una curul, según dijo a Gestión el abogado en materia electoral Julio César Castiglioni.

Ellos pueden postular, así tengan una investigación preliminar o preparatoria, o una sentencia en última instancia. No tienen ningún impedimento”, comentó.

Sostuvo, por ejemplo, que ello podría ocurrir con investigados por lavado en el caso . Incluso, los que actualmente cumplen mandato de prisión preventiva, pero precisó que no podrían ejercer el cargo.

La empresa Odebrecht estaría implicada en un caso de colusión en Loreto. (Foto: Reuters)
La empresa Odebrecht estaría implicada en un caso de colusión en Loreto. (Foto: Reuters)

¿Ejercen funciones?

De la misma manera, el abogado penalista Carlos Caro declaró a Gestión que un investigado en el caso Odebrecht con prisión preventiva no ejercería su función de ser electo congresista. “Es indagado por delitos previos a su elección, la inmunidad parlamentaria no los beneficia”, anotó.

Sin embargo, Caro manifestó que si el postulante es investigado por lavado y la Fiscalía decide ampliar la investigación por un delito distinto, ahí si aplicaría la inmunidad y para seguir con la investigación se tiene que permiso al Poder Judicial y al Parlamento.

El financiamiento

Los partidos solo tendrán la obligación de presentar un reporte sobre los ingresos y egresos que efectúan durante la campaña electoral, después de concluido el proceso electoral a la Oficina de Procesos Electorales (ONPE).

De acuerdo a la Ley 30689 las organizaciones políticas y los responsables de campaña, deberán presentar los informes a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios de la ONPE en un plazo no mayor de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente en el que se oficialice la conclusión del proceso electoral.

Antes de que entrará a regir dicha norma, en noviembre del 2017, los partidos tenían que entregar sus reportes económicos durante y después del proceso electoral.

Entre las exigencias que dicta la nueva norma es que todo aporte privado en dinero, que supere S/ 4,200 (una UIT), se realiza a través de entidades del sistema financiero.

(Foto: Andina)
(Foto: Andina)

¿Y las dádivas?

En las elecciones generales del 2016 el candidato presidencial por APP Cesar Acuña, fue excluido de los comicios luego de que se le haya culpable de dar dinero a dos electores durante la campaña, por un monto superior al permitido 0.5% de la UIT.

Esta vez la norma contempla que las dádivas no deben exceder del 0.3% de la UIT (S/ 12.6), además de infringir la norma el candidato no será excluido inmediatamente, si no que primero se le aplicará una multa de 30 UIT y si reincide recién será separado, informó José Villalobos, presidente del Instituto de Derecho Electoral en RPP.