Magistrado Juan Carlos Checkley Soria precisó que, para el registro de incautación, luego del ingreso al inmueble, se requiere del abogado defensor. Foto: Poder Judicial.
Magistrado Juan Carlos Checkley Soria precisó que, para el registro de incautación, luego del ingreso al inmueble, se requiere del abogado defensor. Foto: Poder Judicial.

El magistrado , a cargo del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, aclaró que la realización de un allanamiento por orden judicial no puede ser obstaculizada en ningún modo por la ausencia de un abogado de la Defensa Pública.

“Para un allanamiento, la regla es bien clara: no se requiere la presencia de un defensor público. El fiscal con la Policía Nacional del Perú () llega al lugar de allanamiento y lo primero que hace es tocar la puerta y con la orden judicial empieza la diligencia de allanamiento; si no se le permite el ingreso, yo autorizo el descerraje y el fiscal y la Policía están autorizados a ingresar por la fuerza”, afirmó.

Asimismo, precisó que, para el registro de incautación, luego del ingreso al inmueble, se requiere del abogado defensor (antes solo era persona de confianza), lo que significa que para evitar inconvenientes en la investigación, es conveniente la presencia de un defensor público.

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“Eso significa que se debe avisar a las personas que están en el inmueble mantenerse en el lugar y que se va a efectuar un registro, pueden llamar al defensor publico pero si no está disponible es un tema que debe resolver el Ministerio de Justicia, y se realiza la diligencia de registro e incautación”, expresó.

De otro lado, Checkley Soria refirió que los jueces deben mantener la independencia en los procesos que tienen a cargo como al resolver medidas cautelares o limitativas de derecho que les sean solicitadas.

“Uno no puede ceder a ningún tipo de presión, ni de la prensa, ni de los colegas, de nadie y menos de las partes. Uno tiene que hacer su trabajo, por eso las audiencias son públicas, se escuchan los argumentos y se toman decisiones”, sostuvo.

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Sus declaraciones las brindó en el marco del XII Congreso Internacional de Derecho Procesal Penal, denominado “La Reforma Procesal Penal en el Perú: Análisis a 18 años de su aplicación”, que se realizará hasta mañana 18 de octubre de este año.

“Como en todas partes, hay de todo, hay que confiar en los jueces, en el trabajo que realizan; no es un trabajo fácil, es un trabajo complicado, pero se necesita fortalecer la confianza y que las mismas instituciones contribuyan a construir esa confianza”, remarcó el juez.

Sobre la reforma procesal penal en el Perú, refirió el juez Checkley que se necesitan cambios, que deben darse de manera ordenada y con base empírica.

“Las normas ya están dadas y algunas tienen algunos vacíos, y la principal labor de los jueces, sobre todo, es tratar de llenar esos vacíos, tratando de hacer lo mejor posible”, expresó.

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