El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) rechazó 10 expedientes de apelaciones presentados por Fuerza Popular, en el primer día de la vista de solicitudes de nulidad de actas provenientes de los Jurados Electorales Especiales (JEE).
Se trataba de diez expedientes, que llegaron en apelación hasta dicha instancia suprema desde los Jurados Electorales Especiales (JEE) de Pasco (3), Huari (2), Huaraz (2), Chota (2) y Arequipa.
La votación final fue de 3 a 1, siempre con el voto en contra del magistrado Luis Arce Córdova, quien solicitó el padrón de firmas del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), así como el de electores a cargo de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
Antes de someter a votación las primeras diez apelaciones que presentó Fuerza Popular para buscar que se anulen mesas de votación en las que consideran hallaron indicios de un supuesto fraude, el Pleno del JNE debatió sobre las exigencias que hizo el partido de Keiko Fujimori.
Fue ahí que, por mayoría, se pronunciaron en contra de la posibilidad de pedir la lista de electores con las firmas de todos los votantes en la segunda vuelta realizada el pasado 6 de junio.
Los tres magistrados que decidieron en contra de atender la exhortación de Fuerza Popular fueron el presidente del JNE, Jorge Luis Salas Arenas, y los magistrados Jovián Sanjinez y Jorge Rodríguez Velez. El único que respaldó la posición del partido fujimorista fue Luis Arce Córdova.
El JNE informó que los JEE a nivel nacional recibieron 1,088 pedidos de nulidad, de este total 281 se presentaron dentro del plazo de ley y hasta la fecha existen 83 apelaciones que se han presentado ante esas instancias.
No obstante, hasta el momento, se han elevado solo un número de 52 apelaciones, 4 se encuentran pendientes de elevación y 16 pendientes de evaluación por los JEE.
El organismo explicó que de las 52 apelaciones, 14 están referidas a cuestiones de análisis jurídico de fondo, las restantes son apelaciones a las improcedencias por la ausencia del pago de la tasa correspondiente.