La definió la frontera marítima entre Perú y Chile a partir del Hito N° 1 en paralelo hasta las 80 millas y desde allí una línea equidistante hacia las 200 millas.

El Perú había defendido una línea equidistante desde el llamado Punto de la Concordia, pero finalmente prevaleció la posición de Chile que el límite marítimo será desde el Hito N° 1. No obstante, la Corte le otorgó la razón al Perú a partir de las 80 millas, tal como se aprecia en el gráfico.

Al inicio de su exposición, la Corte sostuvo que la Declaración de Santiago de 1952 y el Convenio de 1954 , pues solo son acuerdos pesqueros, tal como defendió el Perú.

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